+ Consultas en Materia Laboral (categorización a las empresas en RD)
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27 Mayo 2013, 10:51 PMCONSULTORIO LABORAL
1. ¿Quién y cada que tiempo es que se categoriza a las empresas en RD?, pues la mía cae en la misma categoría que cualquier banco, cementera, cadena de supermercado, minera, etc. Tengo más de RD$ 4 millones en activos e instalaciones. ¿Qué debemos hacer las PYMES de los pueblos para corregir esta distorsión?
Su planteamiento es muy oportuno, ahora que el Comité Nacional de Salarios (CNS) está discutiendo fijar una nueva tarifa salarial. Normalmente el CNS fija tres salarios mínimos, el más alto para empresas “cuyas instalaciones o existencias” igualen o excedan RD$4 millones, el segundo para las que igualen o excedan RD$2 millones, y el tercero para las que no excedan RD$2 millones. Pero como usted viene de decirlo, en cualquier pequeño negocio las “instalaciones o existencias” sobrepasan los 4 millones; por ende, en hechos, a las PYMES le están imponiendo la misma carga que a una empresa grande. Además, ese parámetro “instalaciones o existencias” es muy relativo y a la vez interpretativo: ¿Quién es el que valora o le pone precio a las “instalaciones o existencias”? ¿El dueño del negocio o el empleado? De otra parte, no parece justo que un negocio que tenga en inventario para la venta al público, de 4 millones en “existencias”, es decir en mercancías, ya por eso se le aplique la misma tarifa que a un negocio grande que posee esos mismos 4 millones pero en su patrimonio real.
En el año 2008 se aprobó una nueva Ley de Sociedades, No. 479-08, que clasifica clara y objetivamente las empresas por tu tamaño. Me parece que debe aprovecharse esa clasificación para tomarlo como parámetro en la fijación de los salarios mínimos. Por ejemplo, la tarifa más alta podría corresponder a las S. A. o Sociedades Anónimas, que son las grandes empresas; la tarifa intermedia podría corresponder a las S.R.L. o Sociedades de Responsabilidad Limitada, que son los negocios de dos o más socios; y la tarifa salarial más baja para las Sociedades Accidentales o en Participación, para las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada o E.I.R.L. y similares, que son los pequeños negocios de un único dueño.
Las asociaciones de PYMES pueden conseguir que eso se corrija acercándose al CNS y teniendo participación en el dialogo de negociación de la nueva tarifa salarial.
En los costos de Seguridad Social ocurre lo mismo, pero ahí se necesita una reforma legal: Una PYMES paga igual que una empresa grande.
Envíe sus preguntas carlos.hernandez@claro.net.do
(Via Hoy.com.do)
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