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Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Pro Consumidor: Comunicado oficial sobre el cobro del 10% de propina legal

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by   Pro Consumidor  · 30 agosto, 2016 Propietarios de Bares y Restaurantes Como es de su conocimiento, la Ley No.358-05 de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario y la Ley No.166-12 que crea el Sistema Dominicano para la Calidad, establecen que el  Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor (Pro Consumidor),  es la Autoridad Nacional de Vigilancia del Mercado y tiene bajo su responsabilidad proteger los derechos fundamentales de los consumidores. En este sentido, y con el objetivo de garantizar la defensa de los intereses económicos de los consumidores, le informamos que el diez por ciento (10%) de propina legal solo ha de ser cobrado en los casos en que el usuario consuma dentro de su establecimiento, puesto que dicha proporción se cobra a fin de: “ ser distribuido íntegramente entre los trabajadores que han prestado servicio ”, acorde a lo establecido en el artículo 228 de la Ley No.16-92 el Código de Trabajo de la República Dominicana. Es por esto q

Adoptar en RD, te explicamos cómo hacerlo

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NACIONALES 18 de Agosto del 2016  ZDIGITAL Foto tomada de la web (Crecerfeliz.com) Prev Next     Patricia Pérez En República Dominicana la adopción es un proceso completamente normal y según la abogada especialista en derecho de familia, María Teresa Núñez, no hay estigma social, pues en el tiempo que lleva trabajando los padres adoptivos quieren a los niños como si fueran biológicos y si ya tienen hijos, los hermanos los acogen como parte de la familia. La adopción es definida como el acto jurídico en virtud del cual un adulto toma como propio a un hijo ajeno, con el fin de establecer con él una relación paterno-filial con idénticos o análogos vínculos jurídicos que los que resultan de la procreación. La legislación dominicana clasifica la adopción en nacional e internacional, siendo la primera cuando los padres adoptivos y el niño residen en el país, mientras que la segunda se da cuando el niño reside en República Dominicana,  pero los padres que pretenden adoptar

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