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Mostrando las entradas etiquetadas como Derecho Civil

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

Días feriados correspondientes al año 2016

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Días feriados correspondientes al año 2016 PUBLICADO POR:  JOAQUÍN CARABALLO ON: NOVIEMBRE 10, 2015 EN:  PRIMERA PLANA ,  TU DINERO 1 COMENTARIO   PRINT   CORREO ELECTRÓNICO Fachada Ministerio de Trabajo. SANTO DOMINGO, República Dominicana . – El Ministerio de Trabajo, para dar  cumplimiento a la Ley 139-97, que establece la aplicación de los días feriados, informa a toda la colectividad empresarial y trabajadora del país sobre las fechas en que serán celebrados los días feriados durante el próximo año 2016.   La institución informa que el viernes 1 de enero, fecha en que se celebra la festividad del Año Nuevo, no se cambia, es inamovible; en tanto, el miércoles 6,  fecha en que se conmemora el Día de los Santos Reyes se trabaja y la festividad se cambia para el lunes 4 de enero. Una nota informativa del Ministerio precisa que el jueves 21 de enero, día de Nuestra Señora de la Altagracia no se cambia, en tanto, el martes 26, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pab...

Resolución Núm. 17-2015 del Consejo del Poder Judicial relativa a La Obligatoriedad de la Fuerza Pública para la Ejecución de las Sentencias que Ordenen Embargos, Desalojos, Expulsiones de Lugares y otros Actos Análogos

Distinguidos(as) usuarios(as) del Poder Judicial:   Sírvanse acceder a la Resolución Núm. 17-2015 del Consejo del Poder Judicial relativa a   La Obligatoriedad de la Fuerza Pública para la Ejecución de las Sentencias que Ordenen Embargos, Desalojos, Expulsiones de Lugares y otros Actos Análogos,  disponible a través del enlace:   Ver: Resolución 17-2015 Atentamente, Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD) Consejo del Poder Judicial, República Dominicana Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó Centro de los Héroes - Santo Domingo, D. N., Rep. Dom. CP: 1485; Tel: 809.533.3191, exts. 2189 y 2193; Fax: 809.532.3859 E-mail:  jurisleg-cendijd@poderjudicial.gob.do Web:  www.poderjudicial.gob.do ============================

El Embargo Inmobiliario de la Ley No.189-11 sobre Desarrollo Hipotecario y Fideicomiso

Derecho económico NOTICIAS |  31 OCT 2014, 12:00 AM | DIARIO LIBRE El Embargo Inmobiliario de la Ley No.189-11 sobre Desarrollo Hipotecario y Fideicomiso El embargo inmobiliario es una vía ejecutoria mediante la cual un acreedor pone en manos de la justicia, los bienes inmuebles de su deudor, que constituyen la garantía de su crédito, para obtener su venta judicial. En nuestro ordenamiento jurídico existen diferentes regímenes que regulan este procedimiento, entre estos tenemos: • El Embargo Inmobiliario de Derecho Común, regulado por el Código de Procedimiento Civil; • El previsto por la Ley No.4453 de fecha 9 de mayo de 1956, aplicable al cobro de los servicios prestados por el Estado y sus instituciones, tales como los Ayuntamientos; • El previsto en las disposiciones del Código Tributario, aplicable a los cobros de impuestos directos, a cargo de la Dirección General de Impuestos Internos  • El encontrado en la Ley No.6186, sobre Fomento Agrícola, beneficiado en primer or...

El contrato uniforme de los jugadores de Ligas Menores

Derecho económico NOTICIAS |  21 NOV 2014, 12:00 AM | DIARIO LIBRE El contrato uniforme de los jugadores de Ligas Menores Mucho se ha debatido respecto a la relación jurídica que existe entre profesionales del deporte y los equipos de pelota. Algunos entienden que se trata de un contrato de trabajo al tenor de las disposiciones del Código de Trabajo dominicano, mientras otros lo asemejan a un contrato de naturaleza civil, por las condiciones especiales bajo las cuales el mismo es regulado, siendo ésta última nuestra postura. Para desarrollar la misma, es necesario establecer que un deportista tiene dos etapas dentro de la Major League Baseball (en lo adelante "MLB"), la primera en Ligas Menores y la segunda cuando está en Ligas Mayores, fase en la cual pasa a ser jugador profesional. En la primera etapa, el jugador contrata bajo las modalidades del Contrato Uniforme de los Jugadores de Ligas Menores (en lo adelante "CUJLM"), que discutiremos en lo adelant...

AIRD afirma Ley de Quiebras propicia la formalización del comercio y mayores recaudaciones

AIRD afirma Ley de Quiebras propicia la formalización del comercio y mayores recaudaciones : Today at 7:29 AM AIRD afirma Ley de Quiebras propicia la formalización del comercio y mayores recaudaciones Servicios de Acento.com.do Acento SANTO DOMINGO, República Dominicana.- La Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) se adhirió este miércoles a los sectores empresariales que aplauden la aprobación en el Congreso Nacional de la Ley de Reestructuración Mercantil, conocida como Ley de Quiebras. Circe Almánzar, vicepresidente ejecutiva de la AIRD, indicó que la legislación “fue fruto de un ejemplar proceso de consenso entre los sectores público y privado que culminó con el efectivo impulso de varios legisladores, senadores y diputados”, para hacerla una realidad. Indicó que este instrumento jurídico ofrecerá a las empresas la oportunidad de superar las dificultades económicas y salvaguardar su inversión cuando se presentan dificultades, con el objetivo de facilit...

Información relativa al “Procedimiento para la validación de las sentencias de divorcio firmadas de orden, que no se encuentren objetadas por ninguna de las partes”

Distinguidos(as) usuarios(as) del Poder Judicial:   Sírvanse encontrar en el siguiente enlace información relativa al “Procedimiento para la validación de las sentencias de divorcio firmadas de orden,  que no se encuentren objetadas por ninguna de las partes”:    Acta Núm. 48/2014(Numeral  23) del Consejo del Poder Judicial, de fecha 3 de diciembre de 2014.   Enlace:  http://www.poderjudicial.gob.do/documentos/PDF/actas_cpj/ACTCPJ_48_2014.pdf     Atentamente,   Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD) Consejo del Poder Judicial, República Dominicana Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó Centro de los Héroes - Santo Domingo, D. N., Rep. Dom. CP: 1485; Tel: 809.533.3191, exts. 2189 y 2193; Fax: 809.532.3859 E-mail:  jurisleg-cendijd@poderjudicial.gob.do Web:  www.poderjudicial.gob.do

Acumulación de los fines de inadmisión

Acumulación de los fines de inadmisión Publicado el  28 de enero del 2009 - 11:41 am  por  JULIO CURY Los fines de inadmisión son aquellos por medio de los cuales el demandado cuestiona el derecho de acción del demandante por carecer de una de las condiciones que lo hacen recibible. El artículo 44 de la Ley No. 834 establece que caracterizan “sin examen al fondo, por falta de derecho para actuar, tal como la falta de calidad, la falta de interés, la prescripción, el plazo prefijado, la cosa juzgada”.   Más claramente, cuando el demandante no es la persona que la ley inviste con la facultad de ejercer la acción, cuando no acusa un interés directo, personal, jurídico y legítimo en el proceso, cuando expira el plazo previsto para notificar un determinado recurso, cuando se reclama tardíamente la pretensión que se persigue, o cuando ella ha sido ya juzgada irrevocablemente, el tribunal debe declararla inadmisible sin necesidad de abocarse al fondo.  No obstante, la tendencia que...

Eduardo Jorge Prats: Para aprobar ley de reforma de la Constitución solo se requiere una mayoría simple

“Para aprobar ley de reforma de la Constitución solo se requiere una mayoría simple” Por  EL DÍA Redaccion[@]eldia.com.do  17 mayo, 2015 5:04 pm Santo Domingo.- El experto en Derecho Constitucional, Eduardo Jorge Prats, rechazó hoy que para reformar la Constitución de la República se requiera las dos terceras partes de una de las cámaras legislativas para aprobar la ley que declara la necesidad de la reforma. Manifestó que para la aprobación de esa ley solo se requiere una mayoría simple en cada una de las cámaras legislativas. “Es una ley especial que se aprueba con mayoría ordinaria, pero que tiene la especialidad de que no puede ser observada, de que su iniciativa no puede partir de un legislador, sino de un tercio de los representantes de cada cámara y que tiene un contenido definido por la propia Constitución”, argumentó. Comentó que el debate de que se necesita las dos terceras partes para sancionar la ley que declara la necesidad de la reforma se cae ...

Sentencia de la SCJ sobre: (Intimidad y lugares públicos. Imágenes grabadas en lugares públicos que no son reservados por su privacidad)

Distinguidos(as) usuarios(as) del Poder Judicial: Sírvanse encontrar en el enlace   los criterios jurisprudenciales siguientes: Tercera Sala SCJ: Laboral Intimidad y lugares públicos. Imágenes grabadas en lugares públicos que no son reservados por su privacidad. Personas grabadas en lugares públicos trabajando irregularmente. (Sentencia del 29 de abril de 2015). Enlace:  aquí  Atentamente, Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD) Consejo del Poder Judicial, República Dominicana Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó Centro de los Héroes - Santo Domingo, D. N., Rep. Dom. CP: 1485; Tel: 809.533.3191, exts. 2189 y 2193; Fax: 809.532.3859 E-mail:  jurisleg-cendijd@poderjudicial.gob.do Web:  www.poderjudicial.gob.do

Certificación Secretario Tribunal

Certificación Secretario Tribunal - listindiario.com : Puntos de vista 16 Noviembre 2014 0 Comentarios   ASUNTOS DE DERECHO Certificación Secretario Tribunal           Matías Modesto del Rosario Hijo modestomatias@gmail.com La fuerza probante de una certificación de la secretaría del Tribunal dando cuenta de que la audiencia en que la sentencia dice haber sido pronunciada, no tuvo efecto, no debe prevalecer frente a la prueba que hace la sentencia de todo su contenido.  Considerando, que el artículo 17 de la Ley No 821, modificada, de 1927, de Organización Judicial, dispone: “Las audiencias de todos los tribunales serán públicas, salvo los casos en que las leyes dispongan que deban celebrarse a puerta cerrada. Pero toda sentencia será pronunciada en audiencia pública”; que en la sentencia impugnada consta tanto al inicio como al pie, que la misma fue pronunciada en audiencia pública, consignándose en ella después de la firma de los juec...

Presidente Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial imparte taller “Las Vías de Ejecución”

Presidente SCJ-CPJ imparte taller “Las Vías de Ejecución” : El presidente de la Suprema Corte de Justicia y del Consejo del Poder Judicial, doctor Mariano Germán Mejía, impartió el taller “Las Vías de Ejecución”, dirigido a un grupo de 40 aspirantes a Jueces y Juezas de Paz, de término, en la Escuela Nacional de la Judicatura. Durante su ponencia, el Magistrado ofreció una explicación global sobre aspectos puntuales de lo que son Las Vías de Ejecución en el campo del Derecho dominicano, Francia y algunos países de América Latina. El doctor Germán Mejía sostuvo que Las Vías de Ejecución son un procedimiento, para asegurar, por parte de los acreedores, el cobro de los créditos a sus deudores. “Los bienes del deudor están para garantizar el pago de las deudas que éste asume. Y si usted asume una obligación y no la cumple, sus bienes son los que responden”, precisó. Asimismo, indicó que el Derecho español ha tenido muy poca influencia en las Vías de Ejecución en el campo del Derecho domi...

Cancelación del embargo

Cancelación del embargo : Luego de trabar una medida conservatoria, pueden sobrevenir causas que ameriten su reducción, levantamiento o cancelación. En este sentido, la doctrina se ha manifestado abundantemente sobre las irregularidades de forma o de fondo, y sobre los motivos serios y legítimos, que por su gravedad dan lugar a la nulidad del embargo; también las violaciones directas de la ley, o al momento de autorizar o ejecutar la medida; también la cesación o la desaparición de las causas del embargo por uno cualquiera de los medios previstos por la ley.Lo anterior lo sostiene el autor de Las Vías de Ejecución, Germán Mejía, y lo desarrolla y comenta Napoleón Estévez en su obra ley 834 comentada. Se establece, entre otras cosas: a) Haber embargado bienes que no son susceptibles de este tipo de medida; b) Embargar en base a un crédito que no reúne las condiciones de certidumbre, liquidez y exigibilidad requeridas; c) Embargar sin título o con título que no reúne las condiciones ...

Juristas inician prevención contra falsificación del estado civil

Juristas inician prevención contra falsificación del estado civil   SANTO DOMINGO.-Un grupo de juristas solicitó ayer en la tarde a la Junta Central Electoral (JCE) informaciones de toda la investigación realizada por esa institución relativa a vulneración de los libros de actas del estado civil y sobre sometimientos judiciales que haya realizado por esa causa en contra de funcionarios, empleados, particulares o instituciones.      Los juristas hicieron la petición mediante un documento que entregaron al presidente de la JCE, Roberto Rosario, el cual tramitaron también a través de la Oficina de Libre Acceso a la Información Pública. En la solicitud señalan que con las informaciones que reciban ejercerán de manera colectiva los requerimientos y/o denuncias ante las autoridades judiciales correspondientes, a fin de que sean investigados, perseguidos y sometidos a la justicia quienes resulten vinculados con la falsificación de libros, actas y documentos de identidad. La comisión que vi...

Las medidas cautelares en el arbitraje comercial

17 Septiembre 2013, 11:12 AM Las medidas cautelares en el arbitraje comercial Escrito por:  Eric J. Hernández-Machado Santana La solución alterna de conflictos denominada Arbitraje Comercial, está organizada bajo la Ley No. 489-08 y sin duda, como se expone en la exposición de motivos de dicha normativa, “el arbitraje es una figura jurídica de gran trascendencia en el ámbito comercial, ya que constituye una alternativa real para prevenir y solucionar de manera adecuada, rápida y definitiva los conflictos que se susciten en las transacciones de comercio nacional e internacional”. Se pensaría que esta jurisdicción de excepción no está ligada al ámbito judicial, pero encontramos dos aspectos de la misma que remiten a las partes, pese a la existencia de la cláusula compromisoria, una para la solución judicial al margen del arbitraje en el aspecto de medidas conservatorias y por otra parte, la forma de impugnación del laudo arbitral, mediante una acción judicial en nulidad ante la Cort...