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Mostrando entradas de julio, 2009

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Procedimiento Simplificado de Tributación (PST)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 31 Julio 2009 De. - Derecho económico Procedimiento Simplificado de Tributación (PST) El Estado Dominicano, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los pequeños contribuyentes sin contabilidad organizada y residentes en el país, estableció el Reglamento sobre Procedimientos Simplificados de Tributación para la Declaración y Pago del Impuesto sobre la Renta y del Impuesto sobre la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), basado en dos métodos de aplicación: a) por las compras, y b) por los ingresos. Pueden acogerse al Procedimiento Simplificado de Tributación (PST): (a) Los contribuyentes personas físicas y jurídicas del sector comercial de Provisiones al por mayor y detalle y las Pequeñas Industrias, cuyas compras sean de hasta treinta millones de pesos (RD$30,000,000.00) anuales, tales como colmadones, almacén de provisiones, farmacias, p

Novedades Legislativas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Ley No. 179-09 que permite a las personas físicas, excepto negocios de único dueño, declarantes del Impuesto Sobre la Renta Ley No. 178-09 que modifica las partes capitales de los Artículos 515 y 521 de la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Ley No. 177-09 que otorga amnistía a todos los empleadores públicos y privados

+ Consultas en Materia Laboral (Varias)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en el PERIODICO HOY 27 Julio 2009, 11:28 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. ¿Puede una empresa accionar en contra de ex empleados que hayan cometido errores por los que la empresa haya sido sancionada por el Fisco? Si, es posible. De acuerdo al Art. 712 del CT un empleado es civilmente responsable por los daños y perjuicios que ocasione en el ejercicio de sus funciones, y los Arts. 713 y 480 del CT le dan competencia para conocer de tales casos a los tribunales laborales. El Art. 515 del CT permite incluso que un empleador demandado en cobro de prestaciones laborales, pueda a su vez demandar reconvencionalmente en daños y perjuicios contra el trabajador demandante. 2. Mi pregunta es que a una amiga le hicieron un descuento, por un error cometido en sus labores, porque ellos venden materiales eléctricos y ella mando a cortar el alambre que no era, mi pregunta es ¿cómo puede ella e

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (corrupción administrativa)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 29 Julio 2009 CPP. - Código Procesal Penal El debate que se desarrolla en el país sobre la corrupción administrativa se ha centrado en torno a si existen o no los instrumentos legales para prevenirla, perseguirla y sancionarla. Deseo conocer su apreciación sobre cuál es la situación legislativa del país en materia de corrupción. Olivero Deñó. La respuesta a su inquietud va a requerir de varias entregas de esta columna. En una primera parte voy a enumerar los textos legales que caracterizan lo que vamos a considerar actos de corrupción. Una parte de ellos aparecen en la ley No. 41-08 de Función Pública, y las otras en el Código Penal y diversas leyes adjetivas. En la segunda parte nos referimos a las medidas de prevención de la corrupción previstas en diversas leyes. En la tercera parte abordaremos las competencias y los procedimientos que dispone la ley procesal, especialmente el CPP, a los encarga

Presidente SCJ pide a jueces hacer declaración jurada de bienes

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Presidente SCJ pide a jueces hacer declaración jurada de bienes 21/7/2009El presidente de la Suprema Corte de Justicia, doctor Jorge A. Subero Isa, exhortó a todos los jueces del país para que actualicen su declaración jurada de bienes, que de conformidad con la Carrera Judicial deben hacerla cada tres años.El Magistrado advirtió que los jueces que no obtemperen al llamado se les retendrán los sueldos hasta que pongan al día su declaración jurada en aquellos casos en que el plazo de los tres años ha transcurrido. El doctor Subero Isa anunció en ese sentido que la Suprema Corte de Justicia, a través de su Dirección de Tecnología de la Información, desarrolla un programa que permitirá comparar las declaraciones juradas que hagan los jueces en la actualidad con las declaraciones juradas anteriores.“Automáticamente, ese programa va a reflejar si ha habido un incremento del patrimonio de los jueces y funcionarios a quienes la Ley

Novedad Legislativa

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Novedad Legislativa la ley No. Ley No. 174-09 del 3 de junio de 2009, que introduce modificaciones a la Ley de Tránsito de Vehículos, No. 241 del 1967, y sus modificaciones; No. 1474 del año 1938, sobre Vías de Comunicación y sus modificaciones, y a la Ley No. 202-04, Ley Sectorial de Áreas Protegidas. Publicada en la G. O. No. 10523, del 9 de junio de 2009.

+ Consultas en Materia Laboral (Proteccion de la Maternidad en caso del Servicio domésticos)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 20 Julio 2009, 11:52 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. El Código Laboral establece la protección a la maternidad, sin embargo no hace ningún señalamiento respecto a los derechos de los empleados domésticos sobre este tema. Inclusive, el Art. 259, los excluye del resto de las disposiciones contenidas en el Código. ¿Qué derechos asisten a la empleada doméstica en cuanto a salario y licencia de maternidad tomando en cuenta que el empleador debe suplir su ausencia con otra trabajadora doméstica? Tal y como usted ha afirmado, los servidores domésticos tienen un régimen laboral regido exclusivamente por los Arts. 258 al 265 del CT, modificado por la Ley 103-99 de 1999. De acuerdo a estas disposiciones los domésticos tienen derecho a vacaciones anuales y a regalía pascual. No les corresponde prestaciones laborales si son despedidos. La protección de la maternidad de

Finjus aboga por reforma del MP

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page 21 Julio 2009 Finjus aboga por reforma del MP SD. Fundación Institucionalidad y Justicia, (FINJUS), asegura que la percepción cada vez más generalizada de la ciudadanía sobre la corrupción se debe a que la lucha contra este flagelo ha fracasado y que los órganos de control como la Cámara de Cuentas, la Contraloría General de la República o el Comité Nacional de Ética no cumplen con las funciones que la ley les asigna para contribuir a prevenirla o detectarla. Afirma que el Ministerio Público (MP) es el centro de la crítica dentro del sistema judicial, porque no ha sido lo suficientemente proactivo en la persecución de la corrupción. Por esa razón, el vicepresidente de la FINJUS, Servio Tulio Castaños, afirma que lo primero que se impone en la reforma constitucional es una reingeniería institucional del MP, porque tiene una "estructura refleja" a la del Poder Judicial que no le ayuda a cumplir sus funciones. De Diar

Jorge Subero Isa presidente de la Suprema Corte de Justicia pide aprobar reforma civil

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 21 Julio 2009 Jorge Subero Isa pide aprobar reforma civil Llamó a los jueces a que hagan su declaración jurada de bienes Jorge Subero Isa readNewsFontSize (); SD. El presidente de la Suprema Corte de Justicia solicitó al Congreso aprobar las modificaciones al Código de Procedimiento Civil, a fin de que los tribunales civiles tengan una mayor rapidez en el conocimiento y fallo de los asuntos de esa naturaleza. Jorge Subero Isa planteó que uno de los grandes inconvenientes que tiene la administración de justicia en la actualidad es en la jurisdicción civil y comercial. Comentó que dentro del mapa de la reforma judicial hay una tarea pendiente, que es la modificación del Código. Argumentó que inversionistas, tanto nacionales como extranjeros se quejan constantemente de la tardanza de con que son conocidos y fallados los asuntos civiles, tanto en la Capital como en la provincia de Santo Domingo y en ot

Ray Guevara acusó a los jueces de la Suprema Corte de Justicia de satanizar la creación de una Sala Constitucional

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page 21 Julio 2009, 09:40 AM Ray Guevara advierte que jueces son benignos con corrupción Ray Guevara acusó a los jueces de la Suprema Corte de Justicia de satanizar la creación de una Sala Constitucional propuesta en la nueva reforma a la Constitución Milton Ray Guevara readNewsFontSize (); SANTO DOMINGO.- El aspirante a senador en Samaná por el Partido Revolucionario Dominicano PRD, Milton Ray Guevara advirtió que los jueces son los primeros benignos con los actos de corrupción que se llevan a cabo en las distintas instituciones públicas y privadas del país.Aseguró que eso se debe a las sentencias benignas que están dictando los jueces de los diferentes tribunales.Aseguró que existen personas que han sido puestas en libertad con documentos que demuestran la veracidad de actos de corrupción.Manifestó que las sentencias dadas a favor de narcotraficantes y de imputados que están en libertad con más de un expediente también es corru

+ Codigo Procesal Penal (Ver, Sobre ordenamiento militar)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 22 Julio 2009 CPP. - Código Procesal Penal A propósito del CPP de la semana pasada en el cual expresaba sobre la ilegalidad e inconstitucionalidad del arresto dispuesto por el jefe de la PN contra el general Taveras Guzmán, un lector muy agudo me escribió y me observó que, de acuerdo al régimen legal de la PN, se puede disponer el arresto hasta por 30 días de un policía que comete una falta, transcribiéndome a continuación, entre otros el art. 65 que ciertamente dispone: "Los miembros de la PN estarán sujetos, según la gravedad de la falta incurrida, a las sanciones disciplinarias siguientes: a) amonestación verbal; b) amonestación escrita; c) arresto por un máximo de hasta treinta (30) días; d) suspensión de funciones sin pérdida de sueldo; e) degradación; f) separación definitiva". Al distinguido lector, que por demás, fue mi profesor, le respondí lo que a continuación comento con los l

Novedad Legislativa

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Novedad Legislativa la ley No. Ley No. 174-09 del 3 de junio de 2009, que introduce modificaciones a la Ley de Tránsito de Vehículos, No. 241 del 1967, y sus modificaciones; No. 1474 del año 1938, sobre Vías de Comunicación y sus modificaciones, y a la Ley No. 202-04, Ley Sectorial de Áreas Protegidas. Publicada en la G. O. No. 10523, del 9 de junio de 2009. SCJ destituye juez de La Vega y tres notarios del Distrito Nacional Cámara Civil SCJ declara contrario a la constitución el artículo 29 de la Ley 437-06 que instituye la acción o recurso de amparo Estado de Ejecución presupuestaria correspondiente al mes de marzo 2009 Fijaciones correspondientes al Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, 2009 Fijaciones correspondientes a la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional Fijaciones de Audiencia del mes. Cámaras de la Suprema Corte de Justicia Fallos de la Suprema Corte de Justicia corresp

+ Codigo Procesal Penal (Habeas Corpus)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 15 Julio 2009 CPP. - Código Procesal Penal Como es de conocimiento público, el General Juan Tomás Taveras Rodríguez, de la PN, fue arrestado por 10 días por haber hecho críticas al rol de esa institución. Se ha escrito que el Jefe de la PN no puede disponer su arresto lo cual todos sabemos es una facultad jerárquica respecto de cualquier subalterno que quebrante la disciplina y el orden de la institución. Además se habla de que interpondrá un Habeas Corpus, lo que considero inapropiado, pues esto debe ventilarse en la justicia policial. El arresto, entendido como una medida de coerción por la que se retiene a una persona privándosele de la libertad, es una facultad exclusiva del Juez de la Instrucción a solicitud del Ministerio Público, que de concederla emite una "orden de arresto". El MP puede solicitar el arresto de una persona, conforme la previsión del CPP, en dos situaciones: a)

+ Consultas en Materia Laboral (Varias)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por EL PERIODICO HOY 14 Julio 2009, 12:26 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. ¿Existe alguna ley donde el empleado se puede proteger de empresas que le hacen trabajar días feriados sin disfrute de horas extras? ¿Pueden las empresas arbitrariamente hacer trabajar días feriados? En cuanto a trabajar los días feriados, se supone que tiene que ser acordado entre el empleador y trabajador, aunque en la práctica el empleador le comunica al empleado sobre la necesidad de trabajar tal o cual día feriado, y el empleado lo acepta; naturalmente, ese día hay que pagarlo doble, es decir el salario aumentado en 100%. En cuanto a las horas extras – que es una cosa distinta a los días feriados – la doctrina predominante (los autores expertos en la materia) opinan que si se trata de trabajos urgentes, de una emergencia o de labores de funcionamiento continuo se impone al trabajador el deber de cola

+ Consultas en Materia Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 7 Julio 2009, 12:09 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS ¿Cómo es posible que el Fondo de Pensiones y Jubilaciones de los Trabajadores de la Construcción cobre un dinero por el cual no se manda una nómina para saber quién y cuánto aporta? ¿Hasta cuándo será esto ya que está prohibida la doble cotización? Tenemos que aportar a la TSS y también a ellos bajo amenazas de embargo si no se les paga. Lo que lo usted plantea y denuncia es verdaderamente inconcebible. La Ley 87-01, sobre Seguridad Social estableció todo un nuevo régimen de pensiones en el país, operando desde junio 2003, y aún así el Fondo de Pensiones de los Trabajadores de la Construcción se mantiene funcionando paralelamente muy a pesar de que la Ley 87-01 y sus normas complementarias le obliga a adaptarse a nuevos requerimientos, a realizar estudios actuariales específicos, y a operar bajo el registro

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Crimen accidental)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 08 Julio 2009 CPP. - Código Procesal Penal Crimen accidental En el caso de una persona que de un modo accidental y sin proponérselo se vio involucrada en un hecho que le causó la muerte a un familiar, habiendo evidencias de que le profesaba afecto, no sé si por tener más de 70 años pudiera ser favorecida con un perdón judicial o minimizarle la pena. Yocasta Ventura. En su inquietud se mezclan tres asuntos que pueden concurrir, pero que son diferentes: 1) El CPP ha establecido varios aspectos, algunos incluso risibles, a tomar en cuenta para lo que se denomina "criterios para la determinación de la pena". Se trata de circunstancias que deben ser valoradas por el juez al momento de determinar la pena. Entre ellas el grado de participación del imputado y sus móviles. También algunas características personales del imputado. El juez, al apreciar estos elementos podrá agravar o aliviar la sanc

La SCJ anula cobro de impuesto a telefónicas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 09 Julio 2009 La SCJ anula cobro de impuesto a telefónicas El tribunal considera que la Ley 176-07 no es aplicable a las telecomunicaciones El Pleno de la Suprema Corte de Justicia. Sd. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia declaró nulo el cobro de un arbitrio de 3% por parte de los ayuntamientos a las empresas telefónicas, como importe de los ingresos brutos procedentes de la facturación que obtengan anualmente en los municipios.El tribunal acogió un recurso de inconstitucionalidad elevado en contra del artículo 284 de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, por la Asociación Dominicana de Empresas de Telecomunicaciones (Adomtel) en fecha 25 de septiembre de 2008.Considera que las telecomunicaciones han sido reservadas al dominio competencial tributario a la autoridad nacional, lo que evidentemente excluye a la autoridad municipal, como ente político menor, de la potestad de aplic

¿Que son las medidas cautelares en el derecho administrativo?

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 10 Julio 2009 De. - Derecho económico ¿Que son las medidas cautelares en el derecho administrativo? La Ley 13-07, de fecha 5 de febrero de 2007, que crea el Tribunal Contencioso Tributario y Administrativo, consagra la posibilidad de solicitar al tribunal que ordene medidas cautelares antes o durante el curso de un proceso. Bajo el artículo 7 de la ley, "[e]l recurrente podrá solicitar, en cualquier momento del proceso, por ante el Presidente del tribunal, la adopción de cuantas medidas cautelares sean necesarias para asegurar la efectividad de una eventual sentencia que acoja el recurso contencioso administrativo o contencioso tributario. Esta petición se someterá mediante instancia separada del recurso principal. Una vez recibida, el Presidente del Tribunal, o el de una de sus Salas que designe mediante auto, convocará a las partes a una audiencia pública que celebrará dentro de los 5 días s

Novedades Legislativas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Novedades Resolución No. 3-09 del 18 de febrero de 2009, que aprueba Convenio sobre el Marco Promocional para la Seguridad y Salud en el Trabajo. SCJ destituye juez de La Vega y tres notarios del Distrito Nacional

+ Consultas en Materia Laboral (varios)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 29 Junio 2009, 11:54 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS He recibido un reclamación de incluir en la Seguridad Social el pago de las horas extras. ¿Estoy obligado a hacerlo pues tengo entendido que lo único que cotiza son el salario, las comisiones y las vacaciones? Los componentes del salario cotizable son los fijados en la Resolución No. 72-03 del 29 de abril del 2003, dictada por el Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), y textualmente son los siguientes: “Salario ordinario, comisiones y pago por concepto de vacaciones”. Esa resolución aparece íntegramente en el website www.tss.gov.do de la TSS. 2. Quiero saber qué pasa cuando despiden un empleado que trabaje en el Seguro Social. ¿Esa institución no está obligada a darle prestaciones a sus empleados? Hace un tiempo cancelaron a una amiga mía y no le dieron ni las gracias. Soy estudiante de Derecho y me gu

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (nom bis in idem)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 01 Julio 2009 CPP. - Código Procesal Penal Un familiar muy cercano fue muerto hace cerca de dos años. La PN hizo su investigación, e incluso llevaron dos personas ante el Juez de la Instrucción y allí se dio un No ha lugar porque ciertamente no había pruebas en su contra. Ahora sin embargo, han aparecido otras pruebas contra uno de ellos y el Fiscal que llevó el caso se niega a someterlo, diciendo que él ya fue juzgado y descargado. ¿Es esto cierto? ¿No hay nada que hacer? Rolando De la Cruz. Conforme lo que usted expone, y asumiendo que la decisión del Juez de la Instrucción se hizo irrevocable, el MP tiene razón. Se trata de la vigencia del principio constitucional que establece que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho. Este principio es muy importante para la seguridad jurídica de las personas. Con ello se busca evitar que las personas se vean sometidas a juicio por un mismo hech