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Mostrando entradas de octubre, 2010

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Vergüenza para el Sistema de Justicia y para la SCJ

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page 26 de Octubre del 2010, 3:54 PM Juicio a Eduardo de Castro iniciará desde cero; pleito entre juezas lo hace colapsar Eduardo de Castro (Archivo 7dias) SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El pleito escenificado por dos juezas del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, que terminó con la desintegración del tribunal, ha hecho colapsar el juicio a Eduardo de Castro, involucrado en un fraude de 16 mil millones de pesos en el desaparecido Banco Mercantil. Por el principio de inmediación, el caso que se le sigue al imputado De Castro tendrá que iniciar desde cero, ya que para resolver el pleito entre las jueces, la Suprema Corte de Justicia decidió designar en ese tribunal al magistrado Teófilo Andújar Sánchez, quien presidía el caso Mercantil en el Primer Tribunal Colegiado, en sustitución de la magistrada Daira Medina. El juicio de fondo, que concluía en 20 horas de trabajo, tendrá ahora que reiniciar con los testigos Jos

SCJ reglamenta vestimenta en audiencia de jueces, ministerio público,defensores públicos y abogados

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page SCJ reglamenta vestimenta en audiencia de jueces, ministerio público,defensores públicos y abogados La Suprema Corte de Justicia complementando la disposición contenida en el art. 11 de la Ley 821 y sus modificaciones, sobre Organización Judicial, dictó en fecha 30 de septiembre del presente año la Resolución 2715-2010, mediante la cual se exige el uso de camisa blanca, corbata negra, toga y birrete calado para los jueces y juezas, representantes del ministerio público, defensores públicos y abogados. Ver resolución

Novedades Legislativas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Legislativas Novedades La Primera Sala de la SCJ dictó el 20 de octubre de 2010 importante sentencia sobre la venta de vehículos y sobre interés legal: Jueces participan en seminario de arbitraje SCJ reglamenta vestimenta en audiencia de jueces, ministerio público, defensores públicos y abogados SCJ no objeta acuerdo internacional en materia de drogas con gobierno de Venezuela Conozca el Centro de Información y Orientación Ciudadana (CIOC) Sin Presupuesto Adicional no habrá Consejo del Poder Judicial en el 2011 Suprema Corte de Justicia se pronuncia sobre el control preventivo de Acuerdo internacional entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de la República de Cuba. Presidente SCJ declara inadmisible querella presentada contra miembros de la Junta Central Electoral Jueces Corte Suprema Honduras visitan SCJ y firman convenio SCJ recuerda a los jueces prohibición de comer y beber con las partes env

Importante sentencia sobre la venta de vehículos y sobre interés legal

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page La Primera Sala de la SCJ dictó el 20 de octubre de 2010 importante sentencia sobre la venta de vehículos y sobre interés legal: 1. Importadora que entrega un vehículo a una agencia.- Presunción de mandato de venta:Considerando…que en ausencia de condiciones, por el contrario, frente al público consumidor, existe una presunción de mandato y que si A. B., C. por A., en el caso, no recibió el producto de la venta celebrada entre la recurrida y la D. M., C. por A., debió ejercer las acciones que le provee la ley, pero no negarse a entregar los documentos justificativos de la propiedad al comprador de buena fe ni perseguir la incautación del vehículo en cuestión en manos del comprador; que salvo que se estipulen condiciones en el contrato de consignación de mercaderías, la jurisprudencia del país de origen de nuestra legislación, a propósito de una práctica muy difundida, la del depósito-venta que se llama también “consignación”

+ Consultas en Materia Laboral (Varios)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page PUBLICADO POR EL PERIODICO HOY 5 Octubre 2010, 12:38 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral 1. Soy abogado recién graduado, que hace unos meses estoy ejerciendo la profesión en el área laboral y tengo algunas preguntas para usted: (1) Si un cliente se apersona a mi oficina para que le lleve un caso laboral, inmediatamente hacemos el contrato cuota litis, y luego de tener mi contrato registrado, ¿puedo notificar copia de ese contrato al empleador o parte que se va a demandar, para asegurar que el empleador no va a llegar a un acuerdo con el trabajador?; y (2) en caso de que lleguen a un acuerdo sin conocimiento del abogado, ¿es pasible el empleador de ser demandado por daños y perjuicios? y ¿cuál es el tribunal competente? En cuanto a notificar el cuota litis, no sólo usted puede, sino que debe hacerlo inmediatamente después de haber firmado dicho contrato; y ade

ARTÍCULOS DE LA LEY 87-01 QUE PUEDEN SER UTILIZADOS PARA FUNDAMENTAR LAS DEMANDAS ANTE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page ARTÍCULOS DE LA LEY 87-01 QUE PUEDEN SER UTILIZADOS PARA FUNDAMENTAR LAS DEMANDAS ANTE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA, EN MATERIA DE SEGURIDAD SOCIAL. Cuando se ha agotado la vía administrativa sin resultados, el trabajador por intermedio de su abogado puede recurrir a los procedimientos coactivos establecidos por las leyes del país, para tales fines, debe tomar en consideración los siguientes textos legales: Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS). 1- Seguro de Vejez, Discapacidad y Sobrevivencia (SVDS): A- Beneficiarios y Prestaciones: -Del Régimen Contributivo Arts. 44 y 45.- Pensión por Vejez. Arts. 44 y 47.- Pensión por Discapacidad. Arts. 44 y 50.- Pensión por Cesantía por edad avanzada Arts. 51 y 52.- Pensión de Sobrevivencia. -Del Régimen Subsidiado: Arts. 63 al 65: Pensión solidaria Art. 66: Pensión de Sobrevivencia. -Del Régimen Contributivo Subsidiado: Art. 72: Pensión por Vejez. Art. 7

Cobros por derecho de autor

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Tomado de ALMOMENTO.NET Cobros por derecho de autor POR LEILA MEJIA* La Ley no. 65-00 sobre Derecho de Autor crea una figura denominada sociedad de gestión colectiva, con carácter de organización sin fines de lucro, con la finalidad de gestionar los cobros correspondientes al uso de obras protegidas en beneficio de los autores que se afilien a la sociedad relativa a su rama artística. En la práctica, muchos dueños de bares, restaurantes y discotecas, así como, entre otros, organizadores de eventos, se han dejado amedrentar y/o intimidar por representantes de algunas de estas sociedades por un natural desconocimiento de ciertos preceptos legales contenidos en la ley de Derecho de Autor. Por esto, es necesario puntualizar algunas cosas.Primero, las sociedades de gestión colectiva sólo pueden cobrar regalías por obras registradas por el autor en dicha sociedad o registradas en sociedades extranjeras con las que las dominicanas

Novedades Legislativas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Sin Presupuesto Adicional no habrá Consejo del Poder Judicial en el 2011 Suprema Corte de Justicia se pronuncia sobre el control preventivo de Acuerdo internacional entre el gobierno de la República Dominicana y el gobierno de la República de Cuba. Presidente SCJ declara inadmisible querella presentada contra miembros de la Junta Central Electoral Corte de Apelación rechaza recusación formulada por Sobeida Felix Morel contra la Magistrada Claribel Nivar Arias Jueces Corte Suprema Honduras visitan SCJ y firman convenio Jueces cuestionados por el Ministerio de Interior y Policía justifican sus decisiones Tribunal Superior Administrativo ordena a la Cámara de Diputados entregar toda información relativa a la “Copia Certificada de la Nómina de la Cámara de Diputados”. SCJ informa sobre cantidad de acondicionadores de aire existentes en todo el Poder Judicial SCJ da a conocer medidas tomadas para la reducción de costos

Bancos cobran interés a tarjetas hasta por lo que ya se ha pagado

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Finanzas. Superintendencia de Bancos justifica a las instituciones financieras argumentando “tecnicismos” Publicado por el periodico EL DIA 30 Septiembre 2010, 8:32 PM Bancos cobran interés a tarjetas hasta por lo que ya se ha pagado Proconsumidor confirma que se resisten a sólo hacer cargo por el “saldo insoluto” Escrito por: EL DÍA Compartir: Santo Domingo.-Si los usuarios de tarjetas de crédito se creyeron que en verdad los bancos comerciales sólo estaban cobrando intereses por el saldo insoluto (lo dejado de pagar cada mes), pues se esquivan, porque lo cierto es que hasta por un peso que se deje de pagar las instituciones bancarias cobran por la totalidad del monto que reflejó al corte del estado de cuentas. La situación es admitida por la Superintendencia de Bancos, que sin embargo la justifica con tecnicismos elaborados por los bancos. Julio César Muñoz, encargado de la Oficina de Protección al Usuario, explica que

+ Sobre el Código Procesal Penal (las medidas de coerción)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE 29 Septiembre 2010 CPP. - Código Procesal Penal A propósito del diferendo surgido en el seno del Ministerio Público en Santiago, en el caso del contrabando en Aduanas, se ha dicho en la prensa que los jueces no podían variar las medidas de coerción solicitadas por la Procuradora General de la Corte. ¿Es esto cierto? ¿Entonces para qué es que están los jueces? ¿Es decir que un juez no puede suplir la falta que cometa un fiscal? Dionicio Lugo. Son varias las interrogantes que usted plantea. Conforme reseñó la prensa, por pedimento de la Procuradora Fiscal de Santiago, el tribunal impuso a los imputados prisión preventiva de 8 meses. Al apelar la decisión la Corte queda apoderada y allí la Procuradora General de la Corte solicitó a los jueces la variación de la citada medida de coerción por otra consistente en una garantía económica. Los jueces hicieron la variación y los imputados recobraron su liber

+ Consultas en Materia Laboral (pruebas)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por EL PERIODICO HOY 21 Septiembre 2010, 12:10 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral 1. Mi caso es que yo estaba trabajando, aparte de mi trabajo de ventas en mostrador, en otro puesto que me habían colocado con la condición de que era momentáneo, pero ya van 7 meses y con el mismo salario, y quería saber si me podían despedir si no quisiera seguir con el puesto adicional. Si usted quiere conservar su empleo, le sugiero conversar con su superior para ver si le otorgan un aumento en vista de la función adicional que le han asignado, y no pretenda cobrar retroactivo por los 7 meses que lleva laborando en el puesto adicional. Considere eso perdido y a cambio conserve su empleo. Ahora bien, si no le importa perder el trabajo, le sugiero entonces denunciar el asunto a la SET y conseguir un inspector que levante acta de la situación. A partir de eso, usted podr

+ Consultas en Materia Laboral (Falta de Pago)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en el PERIODICO HOY 6 Septiembre 2010, 11:49 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral Tengo 30 días que no he podido pagar la nómina de los empleados de mi compañía. El asunto es que tengo un empleado que tiene dos días que no se presenta al área de trabajo, el cual argumenta que no tiene dinero del pasaje para ir al trabajo. ¿Qué debo hacer en este caso?, pues los otros empleados siguen viniendo a trabajar, menos esa persona. Le voy a dar la respuesta teórica y luego la respuesta práctica a su caso. En principio, y en teoría, usted está en falta mientras que él no. Usted está violando el Ord. 2° del Art. 97 del CT, que podría dar lugar a tener que pagarle prestaciones laborales a ese empleado, salvo que usted demuestre un estado de fuerza mayor, cosa bastante difícil. En cambio, el empleado está ejerciendo lo que se denomina una “excepción por inejecución d

+ Consultas en Materia Laboral (Varios)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el Periodico HOY 28 Septiembre 2010, 12:33 AM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral 1. Tengo dos casos que consultarle: En un caso, dos empleados son compartidos con otras oficinas o empresas, por ser pequeña y de poco movimiento. Hay una empleada para la limpieza que solo viene dos días a la semana por aproximadamente tres horas y se le paga $2,400.00 mensuales, en una sola de las empresas, a parte de lo que les pagan las demás; y hay otro empleado para la mensajería que solo viene tres días a la semana, en la mañana (solo si se necesita) y se le paga $3,300.00 mensuales, en una sola de las empresas, a parte de lo que les pagan las demás. Deseo saber si esos salarios son los correctos y si se van a liquidar ¿cómo se hace el cálculo en ambos casos? El otro caso es el de una empleada doméstica que solo va a la casa a limpiar 2 veces a la semana y se le p