Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

Jueza somete acto inconstitucionalidad contra dos colegas

Jueza somete acto inconstitucionalidad contra dos colegas:

18 Junio 2013, 10:02 PM
Jueza somete acto inconstitucionalidad contra dos colegas
Escrito por: LOYDA PEÑA (l.pena@hoy.com.do)

La jueza de la Tercera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, Ysis Muñiz Almonte, sometió ayer una acción de inconstitucionalidad del artículo 23 de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM).

Además, pidió al Tribunal Constitucional (TC) declarar la vigencia y aplicabilidad del artículo 17 de su Ley Orgánica, y en consecuencia  declarar que las plazas dejadas por los  magistrados Katia Miguelina Jiménez y Hermógenes Acosta en las Cámaras Penal y Civil,  de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, no le corresponden.

En su instancia, Muñiz Almonte alega  que Jiménez y Acosta cesaron en sus funciones como jueces de la Primera Sala Penal, y la Segunda Sala Civil,  en virtud del Principio de la Unidad y Plenitud de Jurisdicción que gobierna desde la esfera de la Ley 821 de Organización Judicial.

(Via Hoy.com.do)

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