Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

Altagracia Paulino: Decisión de jueza Tribunal Superior Administrativo se contradice

Altagracia Paulino: Decisión de jueza TSA se contradice:

4 Junio 2013, 2:20 PM
Altagracia Paulino: Decisión de jueza TSA se contradice
Escrito por: El Día
 

SANTO DOMINGO.- La directora de Pro Consumidor, Altagracia Paulino,  afirmó  que la decisión de la jueza del Tribunal Superior Administrativo, de que ese organismo no tiene facultad para imponer multas, se contradice.

Paulino argumentó que la jueza Delfina Amparo de León  había fallado 16 medidas cautelares solicitadas por los gaseros que se opusieron al pago de las multas tras ser encontrados culpables de fraude contra los consumidores.

“Ese mismo  Tribunal en 16 ocasiones reconoció   la potestad que la ley 358-05 le atribuye a Pro Consumidor para sancionar y multar a los violadores a la ley. En su momento la magistrada se apoyó en varios de los artículos de la ley que le atribuyen esas potestades como es el 23 que establece que: “la dirección Ejecutiva de Pro Consumidor es el organismo competente para conocer, por la vía administrativa, los casos de conflictos relativos a esta ley”, dijo.

Agregó que la magistrada se apoyó también en el artículo 51, referente a pesos y medidas, y  en varios otros articulados, que ahora niega en la decisión de marras, como el 27, el 105, el 107, el 112, el 115 y su párrafo II que expresa: Estas multas son independientes de las que se puedan imponer en concepto de sanción y son compatibles con las mismas.

Estas declaraciones fueron dadas tras conocer que  la jueza Delfina Amparo de León, mediante sentencia decidió no reconocer la facultad a Pro Consumidor para imponer multas tras la resolución No. 284-2012 donde la entidad impone una multa de cien salarios mínimos a la Envasadora Propagas.

“Fue sorprendente para nosotros  la decisión de la jueza Delfina Amparo de León, ya que de 16 medidas cautelares solicitadas por los gaseros, incluyendo  Propagas, ella las había desestimado, entendiendo, con esa decisión, la potestad sancionadora que tiene Pro Consumidor de imponer multas”, expresó Paulino.

Manifestó, además, que deplora la decisión ya que gran parte de las multas  rechazadas por el Tribunal fueron pagadas.

Dijo que  la ley 358-05 establece la definición de las infracciones y también las multas a pagar que van desde 100 a 500 salarios mínimos, lo que despeja cualquier duda sobre la potestad de Pro Consumidor para multar que le quiere negar la jueza.

Expresó que Pro Consumidor llevará el caso  hasta las últimas consecuencias, recurrirá a  la Suprema Corte de Justicia  para apelación y se emitirá un comunicado señalando todos los puntos de la ley por si la jueza los ha olvidado.  

(Via ElDia.com.do)

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