Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Justicia y límites del Estado

Desarrollo e institucionalidad
26 Septiembre 2013, 8:58 PM
Justicia y límites del Estado
Escrito por: Carlos Salcedo (carlos30salcedo@hotmail.com)
Solo el poder contiene al poder (Montesquie).

Esta idea tuvo su más destacada implantación con los constituyentes de Filadelfia mediante la creación del sistema de frenos y contrapesos, que tiene sus manifestaciones en las Constituciones modernas.

Concepciones absolutistas, definidas claramente en la identificación del Estado con la persona, como lo concebía Luis XIV al decir “El Estado soy yo”, pasando por la expresión reflejo del principio de la irresponsabilidad estatal de Luis XV, según la cual “después de mí, el diluvio”, repetida siempre por Ulises Heureaux (Lilís) y la resignación fatalista del Leviatán de Hobbes, que resurge en el pesimismo de Schmitt, marcaron  el pensamiento según el cual el Estado es un fin, ilimitado por definición.

Afortunadamente, a estas ideas le siguen las del contractualismo optimista de Locke y las liberales de Stuart Mill, las cuales tenían una base común: el Estado es un medio, una herramienta, un instrumento, esencialmente limitado.

A la concepción del Estado autoritario se opone la idea que concibe al Estado como un medio al que corresponden las formas y las instituciones del Estado democrático de derecho. 

Es a este al que va unida la limitación jurídica del poder, a través de las estructuras que permiten las diversas formas de ejercicio indirecto de la democracia, como el sistema judicial, la descentralización, la autogestión y la subsidiaridad.

La existencia del Estado democrático depende del respeto a la igualdad civil y política de sus miembros. 

Sólo así se pueden construir las estructuras políticas y sociales que reconozcan el pluralismo de las ideas y el respeto por estas,  la limitación y el control que tiene el Poder y el régimen de protección real de las libertades, para impedir que se vulneren los derechos fundamentales y subjetivos.

 El control de la constitucionalidad, la constatación judicial de los derechos fundamentales y el principio de separación de los tres poderes del Estado constituyen el broche que permite asegurar el sistema frente a la dejadez, menosprecio, irracionalidad, arbitrariedad y excesos que muchas veces acompañan las acciones u omisiones de quienes por mandato constitucional están llamados a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, las cuales fijan los límites de sus actuaciones.

 Por: El Día 

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