Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

Experto laboral advierte eliminar cesantía atenta el empleo

Experto laboral advierte eliminar cesantía atenta el empleo:

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Experto laboral advierte eliminar cesantía atenta el empleo

Rogelio Hernández apoya reforma al Código de Trabajo

Nelson Peralta | ACTUALIZADO 30.06.2013 - 5:41 pm

 
El licenciado Rogelio Hernández, docente y abogado laboralista, dijo ayer que la propuesta para la reforma al Código de Trabajo es necesaria para modernizar y actualizar la legislación laboral, pero de ninguna manera se puede admitir la idea de eliminar el auxilio de cesantía, como proponen empresariales y algunos otros sectores del país.
    
“En definitiva, la supresión o eliminación del auxilio de cesantía del Código de Trabajo es un atentado contra la estabilidad en el empleo y contradice el principio de la condición más beneficiosa para el trabajador.
    
Hernández, dijo “pienso que lo que manda la situación es la promoción y creación de empleos decentes o de calidad sin necesidad de una desregulación retrógrada, y sin el “cuco” del desempleo”.
  
“Es necesario una reforma para modernizar y actualizar el Código de Trabajo de la República Dominicana, siempre que no se pierdan de vista aspectos fundamentales para el mantenimiento del equilibrio y el desarrollo o progreso social y económico”, agregó el catedrático de la UTESA.
     
En un documento enviado a este diario, el profesor Hernández entiende prudente e innegociable que la reforma tome en cuenta cuatro principios  fundamentales del Derecho del Trabajo: la protección al trabajador y su regla de la condición más beneficiosa para el trabajador; del valor humano; colaboración y la función social del trabajo.

Dijo que ante las dificultades generadas por la era de la globalización, como el desplazamiento de empresas, pérdidas de empleos, inestabilidad financiera y pérdida del valor humano del trabajo,  los empleadores y trabajadores tienen que hacer frente a nuevos desafíos.
    
Indicó el especialista en derecho laboral, que estos esfuerzos van a servir para mejorar las condiciones de trabajo, lo cual hace que las normas de trabajo sean más relevantes y, como destaca la OIT, jueguen un papel importante como garantes para que el crecimiento económico brinde oportunidades justas de prosperidad para todos y sea contributiva de la paz y el equilibrio social.
     
Es por ello, que el licenciado Rogelio Hernández, entiende que se justifica que el marco jurídico interno (Código de Trabajo) sea un instrumento eficaz para el logro de esos fines.
     
“No debe aceptarse la desregulación del trabajo, pues constituye un retroceso; como tampoco admitirse la propuesta de eliminación del auxilio de cesantía del Código de Trabajo”, declaró el profesional del derecho.
    
A juicio de Hernández, los sectores que patrocinan la propuesta justifican la misma por la existencia de la cesantía por edad avanzada y el Seguro de desempleo a que se refiere el artículo 50 de la Ley 87-01 que crea el Sistema de Seguridad Dominicano.
     
“Entendemos que no tienen razón, porque todas esas figuras son de naturaleza jurídica y fines diferentes y el auxilio de cesantía contemplado en el Código de Trabajo es una indemnización y sanción económica por la ruptura unilateral del contrato de Trabajo”, dijo.
     
Y al mismo tiempo, aclaró que esa legislación es un instrumento de garantía de permanencia en el empleo porque reitera que la cesantía por edad avanzada, es una asistencia social para cuando el trabajador agota su capacidad productiva.
  
Mientras que señala que el seguro de desempleo, es una asistencia para el desempleo momentáneo del trabajador, es decir explica muy didácticamente el profesor  Hernández, que las dos últimas descansan en la idea de necesidad-asistencia propia e inherente al Derecho de la Seguridad Social.
 
Finalmente, el profesor Rogelio Hernández, hace suyo el pensamiento del maestro del Derecho del Trabajo, Mario de la Cueva, cuando afirma que “el Derecho del Trabajo es un estatuto inconcluso, en una complementación y transformación permanentes.

(Via La Información)

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