Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

Finjus expresa preocupación por proceder de la JCE

Finjus expresa preocupación por proceder de la JCE - DiarioLibre.com:

NOTICIAS|19 MAR|1|POR DIARIO LIBRE

Finjus expresa preocupación por proceder de la JCE

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SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) expresó su preocupación por las derivaciones sociales y jurídicas de decisiones que ha adoptado la Junta Central Electoral (JCE), que colocan al país en una situación de cuestionamiento ante organismos internacionales, y reflejan los niveles de incoordinación y no sujeción a la ley que ocurre en algunas instituciones nacionales.

A través de un comunicado, Finjus señala que la sesión administrativa ordinaria del 21 de febrero del 2013 se decidió enviar a la Dirección General de Migración los expedientes de 19,015 casos que, de acuerdo con la revisión de sus registros de declaración de nacimiento, están supuestamente afectadas de irregularidades.

"Esta revisión, que se realiza en el marco de las atribuciones que la Ley 275-97 le atribuye a la Junta Central Electoral, debe ser seguida por el sometimiento a los órganos jurisdiccionales, o sea a los tribunales competentes del orden judicial, de los casos en que se sospeche de la inscripción en falsedad en el registro de dichas declaraciones de nacimiento.

Preocupa a FINJUS que en lugar de actuar de acuerdo con el orden constitucional vigente, la JCE haya decidido convertir un asunto de carácter migratorio lo que es un asunto de carácter registral, que según al art. 212 de la Constitución, párrafo IV, es de su competencia.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Via www.diariolibre.com)

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