Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

+ Consultas en Materia Laboral (falta sin avisar y notificar la causa)

CONSULTORIO LABORAL:

12 Marzo 2013, 8:33 PM
CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: Dr. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS (Especialista en Derecho Laboral)

1. Tengo un solo mensajero para Delivery y falta sin avisar y notificar la causa, ¿es obligatorio pagarle las prestaciones? Se ha tomado la costumbre de faltar todos los meses un día y en muchas ocasiones no avisa el motivo de su falta y esto nos está provocando pérdida de clientes.

En su Facebook publicó que consiguió un empleo a partir de febrero. Le saque una imagen a este comentario. Ese mismo día disque lo atracaron robándole 9,000 pesos en efectivo y a los 3 días faltó sin avisar ni llamar. Por lo cual aparentemente está haciendo las cosas para que lo cancelen.

Antes de ejercer un despido, usted debería solicitar un inspector de trabajo a fin de haga una visita a la empresa, en donde debe explicarle el caso, mostrarle la evidencia que tiene del Facebook y la que tenga sobre la pérdida de los RD$9,000.00. El/la inspector(a) de seguro entrevistará al empleado en cuestión y al final le hará algún comentario o sugerencia sobre la viabilidad o no de un despido justificado (sin pago de prestaciones), el cual debe usted tomarlo en consideración pues los inspectores tiene mucha experiencia, y salvo contadas excepciones, hacen buenas recomendaciones.

Por mi parte, me parece que en un caso así se tipifica una doble falta: La primera es abandono de labores (violación del Art. 88.13 del CT) pues se desapareció por tres días consecutivos; la segunda es negligencia en sus funciones (violación del Art. 88.7 del CT) pues tenía bajo su responsabilidad RD$9,000.00 en efectivo y dice que se lo robaron, pero hasta tanto no pueda probar ese supuesto robo, él es responsable de ese dinero.

En cuanto a las ausencias en un mismo mes, ya ahí lo que hay es una falta leve; y para que se tipifique una falta grave que justifique un despido sin pago de prestaciones, tendrían que ser al menos dos días de ausencias injustificadas consecutivos o dos en un mismo mes, y ese no es el caso.

Al ejercer el despido, tenga en cuenta varias cosas: (1) no deje transcurrir 15 días desde el momento en que se descubrió la falta, pues entonces habrá caducado el derecho a despedirlo; (2) al ejercer el despido, tiene que señalar la causa que lo origina y el texto legal violado; (3) comuníquelo al MT en 48 horas de haberlo comunicado al empleado. Si falla en cualquiera de esos detallitos, pierde el caso, automáticamente.

(Via Hoy.com.do)

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