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Mostrando entradas de noviembre, 2008

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

+ Consultas en Materia Laboral (Principio de la Territorialidad de las Leyes Laborales)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en el Periodico HOY 24 Noviembre 2008, 11:00 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS Especialista en derecho laboral ¿Qué regulación laboral se aplica a un trabajador que inicie un contrato de trabajo en el extranjero y es enviado en misión a la República Dominicana, para luego ser transferido a otro país, o a un nacional que es contratado en el territorio nacional y luego es enviado a prestar su servicio en el extranjero? La persona contratada en cualquiera de las dos situaciones señaladas en pregunta tendrá derecho a demandar ante la jurisdicción laboral de cualquiera de los países en los que haya prestado servicios, en virtud del Principio de la Territorialidad de las Leyes Laborales, que es reconocido y admitido por la gran mayoría de países del mundo. No obstante, en la práctica, es decir en la realidad , lo más común es que se demanda en l

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Prisión preventiva)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE En fecha 26/ Nov. /2008 CPP. - Código Procesal Penal Prisión preventiva. Con frecuencia en la prensa se informa de que un juez dispuso que un imputado debía durar en prisión preventiva 18 meses, es decir un año y medio, lo que encuentro excesivo sobre todo si uno de los argumentos que más se esgrime para justificar el nuevo código procesal penal es que nadie debe sufrir una pena anticipada y debe presumírsele inocente hasta no ser condenado. Lucas Ramírez. Lo primero es que el CPP establece plazos de cumplimiento riguroso para que el MP y los jueces realicen la instrucción preparatoria, el juzgamiento y le pongan término al proceso penal, corriendo el riesgo, de no observarlos, de que el proceso sea anulado.El CPP establece plazos ordinarios para los asuntos penales ordinarios. Pero en algunos casos el asunto a ser investigado o juzgado es complejo, atendiendo a determinados factores especificados

SCJ destituye dos jueces

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page SCJ destituye dos jueces El Pleno de la Suprema Corte de Justicia destituyó por haber cometido faltas graves en el ejercicio de sus funciones a los magistrados Anulfo Guerrero Vásquez y Daniel Rafael Cauto Alberto, quienes se desempeñaban como Juez de Paz del Municipio de Villa Isabela, Provincia de Puerto Plata y Juez del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Francisco de Macorís, respectivamente. El juez Anulfo Guerrero Vásquez fue declarado culpable en virtud del incumplimiento de sus deberes de conformidad con las disposiciones de los artículos 60, 62 y 66 de la Ley núm. 327-98 sobre Carrera Judicial; los artículos 147 y 149 del Reglamento de Carrera Judicial y los artículos 73 y siguientes del Código Modelo Iberoamericano de Ética Judicial. Mientras Daniel Rafael Cauto Alberto violó los artículo 67 de la Constitución de la República; los artículos 59, 60 ,62 y 66 de la Ley No. 327-98 sobre Carrera Judicial

+ preguntas sobre migración (Visa para presentaciones musicales).

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE En fecha 25/ Nov. /2008 USA. - La columna de migración Visa para presentaciones musicales. Tengo una visa B1B2 desde hace varios años. Siempre he estado en un grupo musical, pero es la primera vez que se nos presenta la oportunidad de hacer algunas presentaciones en Nueva York y New Jersey. ¿Usted cree que puedo viajar con esa visa que tengo o debo obtener otra visa? La mayoría de los muchachos y muchachas del grupo tienen visa, y estamos considerando la posibilidad de hacer el viaje prontamente. Anónimo Es imprescindible que tanto usted como sus compañeros obtengan una visa P para poder hacer esas presentaciones en los Estados Unidos. De lo contrario, estarían todos violando las disposiciones sobre la Ley de Inmigración. Recuerden que para ese proceso se debe obtener la aprobación de USBCIS en los Estados Unidos, el cual enviará una aprobación que usted llevará al Consulado. Por favor envíe sus p

Sentencia de la SCJ sobre la Querella Contra el Senador Wilton Guerrero (Inadmisible

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page REPUBLICA DOMINICANA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Rec. Hilario González González Inadmisible Audiencia pública del 19 de noviembre de 2008. Preside: Jorge A. Subero Isa. Dios, Patria y Libertad República Dominicana En Nombre de la República, en la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia, regularmente constituida por los jueces Jorge A. Subero Isa, Presidente; Rafael Luciano Pichardo, Primer Sustituto de Presidente; Eglys Margarita Esmurdoc, Segundo Sustituto de Presidente; Hugo Álvarez Valencia, Juan Luperón Vásquez, Margarita A. Tavares, Julio Ibarra Ríos, Enilda Reyes Pérez, Dulce Ma. Rodríguez de Goris, Víctor José Castellanos Estrella, Ana Rosa Bergés Dreyfous, Edgar Hernández Mejía, Darío O. Fernández Espinal, Pedro Romero Confesor y José E. Hernández Machado, asistidos de la Secretaria General, en la Sala donde celebra sus audiencias, hoy 19 de

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Recurso de revisión)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en DIARIO LIBRE En fecha 19/11/2008 CPP. - Código Procesal Penal Recurso de revisión En la prensa se ha estado planteando que la Suprema Corte de Justicia conozca de un recurso de revisión respecto de un caso que tuvo mucha difusión ante la opinión pública y respecto del cual ya se interpuso y se decidió un recurso de casación que fue desfavorable a los acusados. Esta situación me ha planteado cierta confusión sobre la naturaleza de ambos recursos. ¿Es posible conocer de un recurso de revisión luego de haberse decidido sobre el mismo caso un recurso de casación? Dionisio Jiminián. Sí es posible. Digamos primero que la Suprema Corte de Justicia, apoderada de un recurso de casación carece de competencia para conocer de nuevo los hechos relativos a la infracción, en el caso de la materia penal, lo que sería por ejemplo examinar si el acusado cometió o no los hechos y en esa virtud si es o no culpable. La SCJ ha de li

+ preguntas sobre migración

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por LISTIN DIARIO Yadira Responde Yadira Morel - 11/18/2008 Pregunta: Mi esposo, ciudadano americano, le gustaría que mi hija y yo viajemos con él. Qué debemos hacer? Cuál es la solicitud? Qué tiempo dura? O debemos solicitar una visa de paseo? Ayúdenos. Respuesta: Si tu esposo reside con ustedes en el país, pueden solicitar una visa de paseo, para lo cual deben demostrar que tienen lazos económicos que los atan al país. Deben de estar seguros que la niña no es ciudadana americana, ya que en algunos casos los hijos de ciudadanos americanos derivan ciudadanía, si el padre cumple con los requisitos de presencia física. Si tu esposo quiere irse a vivir a Estados Unidos, tiene que hacer una petición de residencia, el formulario es el I-130. Pregunta: El 31 de mayo del 2005 viajé a New Jersey y regresé a Santo Domingo el 20 de junio del mismo año, es decir mi estadía fue de 21 días como suelo hacer ya que solo viajo de

+ Consulta Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Tomado del PERIODICO HOY 17 Noviembre 2008, 11:39 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. A una Trabajadora que ha adoptado un niño recién nacido, ¿le corresponde licencia pre y post natal? Estas licencias, por lo menos las seis semanas siguientes al parto, parece que son para atender a la criatura, pero no se aplica cuando el niño es adoptado, aunque se trate de una criatura recién nacida. El Código de Trabajo dominicano no establece nada al respecto. Sin embargo, en casos así el juez está obligado a dar solución al caso y no puede alegar “silencio, oscuridad o insuficiencia de ley” (Art. 4 del Código Civil). A esto se añade que de acuerdo al criterio de la Suprema Corte de Justicia “La jurisprudencia, aplicación de la ley, teniendo en cuenta su espíritu, y los principios que rigen la materia, puede y debe subsanar las deficiencias literales de que ella adolezca, porque de lo contrario que

Constitución y creatividad judicial

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Constitución y creatividad judicial Felix Tena Investigador Asociado de FINJUS 17 oct. 08 La justicia constitucional toca la epidermis de las sociedades democráticas. Que una corporación judicial, órgano no legitimado por el voto mayoritario, pueda controlar decisiones que tomen órganos electos en las urnas, encuentra un sólido valladar ante el concepto, tradicionalmente aceptado por la doctrina, que reduce la democracia a una forma de gobierno. Se trata de la objeción también llamada “contramayoritaria”, que fue la punta de lanza de la crítica de Schmitt contra la propuesta de Kelsen de un control judicial de la constitucionalidad, y es un tema recurrente en la doctrina norteamericana, que han dedicado arduos debates en torno al “activismo judicial”. Las teorías elaboradas para solventar la “objeción democrática” al control constitucional son variopintas: desde la insuflación de contenido a la democracia a través del recon

Reforma y la sociedad civil

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Reforma y la sociedad civil Por Carlos Villaverde Gómez Director de Proyectos FINJUS 7 nov. 08 El actual debate sobre la reforma constitucional toca algunos nudos sensibles de la sociedad civil dominicana. Su vocación participativa ha sido puesta de manifiesto en las constantes luchas emprendidas en los últimos 25 años, a través de campañas por la ampliación de los derechos sociales, el apoyo a la organización popular y la articulación del tejido social imprescindible para soportar las tareas de la democracia. Como la misma sociedad civil, la discusión constitucional actual apunta a la diversidad de posiciones, enfoques, matices y controversias. No podría ser de otra forma, dadas las distintas experiencias y antecedentes que arrastran las principales o más activas organizaciones sociales dominicanas. Independientemente de si finalmente la reforma se realizará mediante el mecanismo de la Asamblea Revisora o la Constituyente,

DECRETO NUMERO 235-97 Que crea "Oficina Encargada de la Custodia y Cuidado de los Bienes Incautados"

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page DECRETO NUMERO 235-97 Que crea "Oficina Encargada de la Custodia y Cuidado de los Bienes Incautados" CONSIDERANDO: Que la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas de la República Dominicana, modificada por la Ley No. 17-95 del 17 de diciembre de 1995, le confiere la custodia y cuidado de los bienes incautados o decomisados por la Dirección Nacional de Control de Drogas al Consejo Nacional de Drogas. CONSIDERANDO: Que se hace necesario la creación de una Oficina que custodie y cuide los bienes que bajo inventario pasen al Consejo Nacional de Drogas; CONSIDERANDO: Que el Consejo Nacional de Drogas debe ser dotado, mediante el presente Decreto-Reglamento, de la facultad de designar, mediante decisión de su Junta Directiva, los funcionarios y el personal que han de servir en la Oficina Encargada de la Custodia y Cuidado de los Bienes Incautados, en ocasión de las persecuciones penales originadas en la Ley No

+ Consultas en Materia Laboral

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en el Periodico Hoy En fecha 10 Noviembre 2008, 11:39 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: Dr. Carlos Hernández Contreras Especialista en derecho laboral Me gustaría saber cuál sería el procedimiento laboral para una persona que tiene 10 meses de licencia médica y su empleador tiene los 4 últimos meses sin pagarle su salario; donde el empleado no ha presentado su carta de renuncia, tiene 11 años laborando en la empresa y su empleador no lo ha liquidado, pero ha puesto a otra persona en el cargo, sin haberle dado sus prestaciones laborales; y en donde además, la enfermedad que afecta al empleado fue desarrollada en el lugar de trabajo. En el caso que usted plantea el contrato de trabajo se encuentra suspendido (Ord. 6° del Art. 50 del CT) pero todavía vigente hasta que se cumpla un año ininterrumpido de licencia médica que le impida al empleado prestar sus servicios. Durante el período de la incapacidad del trabajad

+ preguntas sobre migración

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por LISTIN DIARIO En Fecha 11/11/2008 Yadira responde Yadira Morel - 11/11/2008 Soy ciudadano americano y mi hijo de 15 años vive ilegal con su madre en Miami. Él quiere venir a vivir conmigo, pero me preocupa que no pueda regresar con su visa de paseo. Muy válida su preocupación, la visa de paseo de su hijo se canceló por el tiempo que se quedó ilegal en los Estados Unidos. Solicítele la residencia como hijo menor de un Ciudadano Americano; puede hacerle un Ajuste de Status en Miami. Al recibir la residencia antes de los 18 años, y gracias a una Ley del año 2000 (Child Citizenship Act) por usted ser americano, le corresponde la Ciudadanía Americana. Mi padre es ciudadano americano y aunque soy menor de edad él me dice que no me toca la Ciudadanía, pues él vive aquí desde pequeño. Tu padre tiene la razón, solo te corresponde la ciudadanía si al momento de tu nacer, tu padre era ciudadano americano y había residido

+ preguntas sobre migración

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por DIARIO LIBRE En fecha 11 Noviembre 2008 USA. - La columna de migración readNewsFontSize (); Derivados de familiares inmediatos Mi hijo es ciudadano americano. Él trabaja para el Ejército. Me pidió junto con su padrastro, y nos están llegando documentos para completar el caso. Recientemente, pagamos la cuota de US$400 dólares y US$70.00 dólares. Al llenar los documentos, nos dimos cuenta de que nos estaban preguntando si queríamos agregar a un hijo. Aunque no estamos muy seguros, consultamos con mi hijo quien nos dijo que debíamos tirar la aventura para ver si nuestro hijo, que es su medio hermano, puede ser incluido. Ya hemos enviado el acta de nacimiento de él traducida. ¿Qué recomendaciones puede hacernos? Los familiares inmediatos de ciudadanos americanos no tienen derivados. Esto es algo de difícil comprensión para muchas personas, que ven sus esperanzas frustradas cuando pagan muchísimo dinero para inclui

Nuevos formularios de solicitud de Registro Mercantil

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page La Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo ha realizado cambios en el formulario de solicitud de Registro Mercantil, por lo que invitamos a todos los usuarios de esta página a visitar la página oficial de la Cámara de Comercio para obtener la nueva versión digital de dichos formularios. http://www.camarasantodomingo.org.do/

Observaciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia a la Reforma Constitucional

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Es importante visitar este link de la Suprema Corte de Justicia sobre observaciones a la Reforma Constitucional. http://www.suprema.gov.do/pdf/noticias/Reforma_constitucional/OBSERVACIONES_FINALES.pdf

+ Sobre el Codigo Procesal Penal (Suspensión Condicional del Procedimiento)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado en DIARIO LIBRE en fecha 05 Noviembre 2008 CPP. - Código Procesal Penal Suspensión Condicional del Procedimiento En el CPP se consagran muchas medidas alternativas, y en lo que respecta específicamente a la Suspensión Condicional del Procedimiento es tan difícil convencer a los fiscales y a los jueces y a la opinión pública de la conveniencia de su aplicación que me parece que en la práctica es letra muerta. Yumaila Jorge. A propósito de su interesante inquietud, creo que en el país hace falta una investigación de la frecuencia de aplicación de las medidas alternativas, desde la entrada en vigencia del CPP, que nos permita valorar su real impacto en la solución del conflicto penal. Es necesario que usted entienda que hay dos factores, entre muchos otros que inciden en que haya resistencia a la aplicación de medidas alternativas. Una es el nivel de impunidad que de modo tradicional hay en la administración de la jus

Trabajo presentado por el Magistrado Julio Aníbal Suarez y Pedro Gil Turbides, sobre La Libertad Religiosa en la República Dominicana.

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Tomado de la Pagina Oficial de la Suprema Corte de Justicia Protección internacional de la libertad religiosa: Puesta en práctica nacional. Enfoque dominicano. LA LIBERTAD RELIGIOSA EN LA REPÚBLICA DOMINICANA. Autores: Pedro Gil Turbides ° Julio Anibal Suarez °° 1. introducción al tema. 1.1 Derecho Indicado por la Naturaleza. Aunque inclinaciones del ser humano hacia la secularidad, impulsadas por la tendencia al bienestar como fin propio de la existencia, el placer sensual como medio para encontrar satisfacciones y la consecución de comodidades como meta material de la vida, tienden a restar cada vez más inclinación del ser humano hacia su Creador, es también cada día más acentuado el fervor de cuantos están convencidos de que una Verdad Suprema, la Eterna Sabiduría, llama a nuestra conciencia en cada minuto de la existencia terrenal. Numerosas observaciones realizadas por médicos en ejercicio de su profesión o dedicados a