Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Cámara de Diputados aprueba modificación al Código Procesal Penal

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CD aprueba modificación al Código Procesal Penal

           

Redacción | ACTUALIZADO 27.08.2013 - 11:05 pm

SANTO DOMINGO.- La Cámara de Diputados aprobó ayer martes a unanimidad de urgencia y 40 modificaciones, el Código Procesal Penal (CPP), el cual retira la facultad a la Policía de solicitar orden para allanar recintos privados sin el Ministerio Público.
El presidente de la Comisión de Justicia, Demóstenes Martínez, pidió al pleno respaldar la iniciativa, que había perimido en la pasada legislatura, y en otras dos ocasiones.
La presidenta en funciones, Lucía Medina Sánchez, sometió la pieza que fue acogida por los 111 diputados presentes en el hemiciclo.
Las nuevas modificaciones sometidas al Código Procesal Penal, sancionan los golpes y heridas provocados en ocasión de violencia intrafamiliar.
La modificación del artículo 15 establece un plazo de cinco días para que el juez intime al superior inmediato del Ministerio Público actuante antes de declarar extinta la acción penal, y amplía a quince días el plazo para que la víctima formule su requerimiento.
Se destaca en las modificaciones que se establece responsabilidad civil al Ministerio Público por mal desempeño durante sus funciones.
Otro reforma acogida es el artículo 179 que autoriza al juez conceder el registro de lugares en horas de la noche en caso de narcotráfico, secuestro o terrorismo.
También se modificó el 180 que le retira la facultad a la Policía Nacional de solicitar orden de allanamiento para el registro de recintos privados en ausencia del Ministerio Público o de urgencia.
El artículo 241 amplia a 24 meses la prisión preventiva, y el 370 permitirá aumentar en los casos complejos de 18 a 36 meses.
Se sancionó positivamente el traslado de la acción pública a instancia privada, la invasión y ocupación de propiedad y la falsedad de cheques, que se contemplaba en el artículo 31.
Por: La Información 

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