Tribunal Constitucional hace puntualización en controversia por nulidad de adhesión a la CorteIDH
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Tribunal Constitucional hace puntualización en controversia por nulidad de adhesión a la CorteIDH:
SANTO DOMINGO. El presidente del Tribunal Constitucional (TC), Milton Ray Guevara, manifestó que la sentencia que declara nula la adhesión de la República Dominicana a la competencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos no cuestiona el derecho de los poderes públicos competentes para acogerse a ese organismo.
En un discurso durante la audiencia solemne, con motivo de tu tercer aniversario, dijo que el meollo de la decisión fue señalar que no se agotó el procedimiento constitucional requerido, exigencia que el TC había convertido ya en precedente, en el caso de la Ley número 91 del 3 de febrero de 1983, que creó el Colegio de Abogados.
“En dicha sentencia no se examina la compatibilidad con la Constitución del instrumento de aceptación de la competencia de dicha Corte, tampoco si el Estado dominicano estaba sujeto a la jurisdicción de la misma”. Sostuvo que tampoco se plantea en la sentencia del TC el alcance de la vinculatoriedad de las sentencias de la Corte Interamericana, dictada con relación al Estado dominicano, cuestión vinculada a la válida aceptación de ese tribunal, que sí fue valorada en la sentencia TC/256/14. Indicó que el acuerdo firmado por la alta corte con la Corte Interamericana corresponde al espíritu de cordialidad, diálogo, respeto y cooperación que ha promovido el TC con otras instituciones extranjeras de la misma categoría. “Ello es ajeno absolutamente a las labores jurisdiccionales de cada órgano, en el marco de sus respectivas y soberanas competencias y/o atribuciones jurídicas”. Afirmó que el TC se pronuncia mediante sentencias, decidiendo sobre los asuntos apoderados en el marco de sus respectivas competencias constitucionales y legales; y no al margen de estas. “Las citas por nuestro Tribunal de la jurisprudencia de la Corte Interamericana, son simples citas de desarrollo doctrinal de dicha Corte, en temas o cuestiones, analizadas por esta”. Indicó que la referencia sobre el carácter vinculante de las decisiones de la Corte, a que se hace alusión en la sentencia TC/0084/13, debe ser precisada. Puntualiza que en esa decisión no se examina la compatibilidad con la Constitución del instrumento de aceptación de su competencia y tampoco si el Estado dominicano estaba sujeto a esa jurisdicción.
Proclamó que el desempeño del TC evidencia que continúa actuando como un verdadero “guardián” de la Carta Magna y garante de los principios constitucionales. Expuso que esta función garantista se ha afianzado con decisiones trascendentales para el funcionamiento de la institucionalidad democrática que sustenta la Constitución.
Los resultados
Ray Guevara planteó que a pesar de las precariedades de las instalaciones físicas e inexistencia de los equipos necesarios, en el 2014, el TC obtuvo resultados extraordinarios en su labor jurisdiccional. Dijo que con el esfuerzo y la participación de los 13 magistrados que integran el Pleno fue posible producir 407 sentencias, lo que representa un aumento del 40% de la productividad, en relación al 2013, en el cual se adoptaron 290 decisiones.
(Via Portada Diario Libre)
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