La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) puso a disposición de los propietarios de inmuebles y contribuyentes del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) las autorizaciones de pago correspondientes al año 2015. Asimismo comunicó que el pago de la primera cuota debe ser realizado a más tardar el miércoles 11 de marzo de este año.
De acuerdo con un comunicado emitido ayer, la DGII explica que los contribuyentes pueden obtener sus autorizaciones de pago a través de la Oficina Virtual, Sección Consulta, Opción “Autorizaciones de Pago”, así como también imprimir la declaración jurada ingresando a la Consulta de Cuenta Corriente y pulsando el número de documento en el Estado de Cuenta Consolidado.
Para aquellos que no estén inscritos en la Oficina Virtual, pueden obtener sus autorizaciones de pago accediendo en la Sección de Consultas de nuestro sitio web www.dgii.gov.do, a la opción Consulta Cuotas IPI 2015. En caso de tener alguna autorización de pago pendiente de años anteriores también podrán generarlas a través de las vías antes mencionadas.
La DGII recordó a las personas que hayan vendido inmuebles que aún formen parte de su liquidación de IPI o patrimonio inmobiliario, que pueden pasar por la administración local que le corresponda según su localidad para solicitar el “descargo” conforme a las disposiciones y los requisitos establecidos.
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