¿Vale el voto disidente...?
- Obtener enlace
- X
- Correo electrónico
- Otras aplicaciones
¿Vale el voto disidente...?
- By César Medina lobarnechea1@hotmail.com
- 2 min read
Entre las cosas buenas que ha aportado la sentencia 168/13 del Tribunal Constitucional --fuera del tema migratorio--, surge en la academia de derecho internacional la controversia sobre la imprudencia del voto disidente o particular en un tribunal colegiado.
Esta semana el caso fue puesto en agenda de las escuelas de Derecho de dos de las principales universidades españolas, la Complutense de Madrid y de Alcalá de Henares, y se anticipa que en los próximos días provocará debates en el más alto nivel del ámbito académico.
Hay argumentos contrarios al voto disidente a partir de la lógica académica de que una corte que debate en privado todas las argumentaciones que sustentan un expediente y decide en mayoría, no puede dirimir en público la posición opuesta de la minoría.
Es el caso de la sentencia 168/13 a propósito del amparo solicitado por la señora Juliana Deguis Pierre reclamando la nacionalidad dominicana que fue rechazado por once de los trece miembros del Tribunal en atención a la Constitución del 2010 y a una sentencia anterior del 2007 de la Corte Suprema.
Las magistradas que emitieron un voto “disidente y razonado” fueron Isabel Bonilla y Katia Miguelina Jiménez, pero los restantes 11 miembros del Tribunal Constitucional decidieron que a la señora Deguis Pierre-- nacida de padres ilegales haitianos--, no le corresponde la nacionalidad dominicana.
Y como la sentencia es vinculante a todos los extranjeros que se hallen en similar situación, ha provocado el alboroto que llega ahora al debate académico internacional hasta dirimir si el voto disidente puede llegar a romper la coherencia interna del sistema jurídico.
Debate en la Complutense
Este jueves el tema llegó a la cima del debate entre algunos de los más prestantes académicos del Derecho de España. El profesor Eugenio Rubio Linares, director de la cátedra de Filosofía del Derecho de la Universidad Complutense, fue categórico en su juicio contra el voto particular en una corte colegiada.
Junto a él estuvieron José María Espinar (así terminado en R), decano de la facultad de Derecho de la Universidad de Alcalá; el doctor José Iturmendi Morales, decano de la facultad de Derecho de la Complutense, y el doctor José Miguel Serrano, profesor de Filosofía del Derecho.
La jornada se llevó a cabo en la universidad madrileña con la asistencia de decenas de académicos y cientos de estudiantes de término del doctorado de Derecho. En ese marco el magistrado Lino Vásquez Samuel, vicepresidente del Tribunal Constitucional dominicano, ofreció una conferencia sobre la sentencia 168/13.
Una “práctica criticable”
El profesor Rubio Linares admite que el voto particular o disidente se ha convertido en una práctica común en los tribunales... “Pero no por ello deja de ser criticable” si se toma en cuenta que uno de los objetivos del sistema de derecho es alcanzar interpretaciones jurídicas homogéneas.
¿Esa posición no limita la independencia judicial expresada en la capacidad deliberante de los miembros de los tribunales colegiados? La pregunta es formulada por la propia academia:
“Si las deliberaciones judiciales para alcanzar el fallo son secretas (...) no parece prudente que puedan los disidentes emitir sus opiniones a través de un voto particular público...”, responde.
Y concluye: “Esa disidencia jurídica haría mejor servicio a la difusión de la certeza del Derecho a través del voto discrepante secreto y no público”.
Hay juristas que califican como anacrónica esa posición... El debate está sobre la mesa.
Comentarios