Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

+ Consultas en Materia Laboral (el preaviso)

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30 Abril 2012, 10:18 PM

CONSULTORIO LABORAL

Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS

Especialista en derecho laboralNecesito que por favor me explique sobre el preaviso, ¿cuáles son las responsabilidades del empleado y el empleador? Cuando el empleador es quien pone el preaviso, ¿qué opciones tiene el empleado? ¿Qué tiene que pagarle el empleador si el empleado no trabaja durante el preaviso? En fin, cualquier información útil sobre las obligaciones de las partes durante el preaviso.

Durante el preaviso el contrato de trabajo se mantiene plenamente vigente, lo que quiere decir que el empleado está obligado a trabajar y el empleador a pagar el salario y demás obligaciones derivadas de la relación (pago cotizaciones de TSS, viáticos, etc.)
Por vía de consecuencia, durante el preaviso, o sea antes de que llegue la fecha de vencimiento del plazo del preaviso, el contrato podría terminar por cualquier otra causa: por ejemplo, un despido por falta grave del empleado (aunque el empleador sea quien haya puesto el preaviso: 3ª SCJ 16 Ene. 2002, B.J. 1094, Pág. 516), una dimisión del trabajador, e incluso la muerte de este o su incapacidad.
De otra parte, durante el preaviso otorgado por el empleador, el trabajador tiene derecho a dos mediodías a la semana (remunerados), a fin de buscar un nuevo empleo (Art. 78 del CT). En cambio, si el trabajador es quien ha puesto el preaviso, entonces no tendrá derecho a esas medias jornadas.
Conviene saber algo sobre la facultad de retracción durante el preaviso: La jurisprudencia ha establecido que cuando un empleado ejerce el desahucio y luego se retracta, la empresa no está obligada a aceptar esa retractación (3ª SCJ 2 Jun. 1999, B.J. 1063, Pág. 790). Lo mismo ocurre a la inversa: Si un empleador pone término al contrato por despido o por desahucio, y luego se arrepiente, el trabajador no está obligado a aceptar esa retractación, y por ende, el contrato habría terminado con obligación de pagar las prestaciones laborales.
Sin embargo, esa jurisprudencia se refiere a un desahucio puro, y no a un desahucio con preaviso. Esa jurisprudencia parte de la base de que el contrato ya terminó con la decisión del desahucio. Sin embargo, si el empleado ejerció el desahucio otorgando un preaviso, entonces el contrato no ha terminado, y un juez que conozca del caso podría juzgar que en un caso así no se aplica la dicha jurisprudencia, y que por tanto el empleado tenía derecho a retractarse.
Esto es una apretada síntesis de los efectos del contrato durante el preaviso.

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