Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Reintroducen el proyecto de reforma al Código de Procedimiento Civil

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Reintroducen el proyecto de reforma al Código de Procedimiento Civil


  • Apr 21, 2014
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SANTO DOMINGO. Los senadores Francis Vargas y Julio César Valentín reintrodujeron en el Senado un proyecto de ley para modificar varios artículos del Código de Procedimiento Civil, que entre otras cosas busca reducir la dispersión legislativa, organizar los procedimientos civiles con respeto a la dignidad, igualdad y equidad con que deben ser tratados los litigantes, reconoce y garantiza el derecho a la propiedad y garantiza la tutela judicial efectiva y el debido proceso, al establecer el libre acceso a las jurisdicciones y plazos razonables para el ejercicio del derecho de defensa.

La iniciativa legislativa, que fue elaborada en septiembre del 2010 por una comisión que presidió el jurista Mariano Germán, actual presidente de la SCJ, consta de 1,379 artículos y tiene 314 páginas.

En el proyecto se proclama la recurribilidad de las sentencias, con arreglo a la ley, busca garantizar que las reglas procesales sean establecidas con respeto absoluto al principio de razonabilidad, el derecho del Estado a someter sus controversias contractuales al arbitraje nacional e internacional y las inembargabilidades declaradas por la Constitución.

De aprobarse esa pieza legislativa quedarían derogados el Código de Procedimiento Civil, promulgado el 17 de abril del 1884; todas las leyes especiales mediante las cuales ha sido reformado ese código, si son contrarias a sus disposiciones y según el artículo. 1379, no se regirán por las disposiciones de este Código los procedimientos iniciados con anterioridad a su entrada en vigencia.

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