Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

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7 Mayo 2012, 10:43 PM
Publicado por el Periodico HOY

CONSULTORIO LABORAL

Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS

Especialista en derecho laboral
1. Laboraba en una empresa y mi exjefa está dando malas referencias de mí cuando llaman. Legalmente ¿cómo puedo solucionar este caso? Necesito su ayuda porque estoy desesperada.
En principio, usted puede demandar en daños y perjuicios a esa empresa. El problema de esa acción es la prueba: Va a ser muy difícil conseguir una prueba escrita, y mucho menos un testimonio, de una empresa o su personal de reclutamiento, diciendo que han rechazado contratarla debido a las “malas referencias” recibidas de su exempleadora.
Mi sugerencia es que se concentre en buscar trabajo presentando sus cualidades y capacidades, y olvídese de lo que refieran de usted, que “quien no tiene hechas, no tiene sospechas”
2. ¿Podría usted aclararme si un trabajador está obligado a trabajar días feriados?
Eso depende. Si el empleado se comprometió a trabajar equis días de la semana, se trate o no de días feriados; por ejemplo bajo modalidades de jornada 4x4, 4x3 o similares; en tal caso, no puede luego alegar que no los trabajará. Si procede así –a mi juicio – estaría violando el Art. 36 y el principio fundamental de la buena fe, ambos de CT.
Es distinto se convino laborar una jornada típica, digamos que de lunes a viernes o de lunes a sábado, y se le pide que labore excepcionalmente un domingo o un día feriado. En tal caso, la jurisprudencia estableció que el empleado no está obligado a laborar el día feriado, juzgando como sigue: “En relación con el alegato del [empleador] recurrente de que en los días navideños las disposiciones de la Secretaría de Estado de Trabajo, autorizan la apertura del comercio, aún en los días feriados, sin bien esto es cierto, no lo es menos que cuando la ley autoriza la prolongación de la jornada de trabajo, por circunstancias extraordinarias, esta disposición no se impone al trabajador.” (SCJ, 4 Jul. 1975, B. J. 776, Pág. 1219. Caso: Abraham Elías Sidó vs. Fausta Canario)
3. Mi mama comenzó a laborar desde muy joven en una empresa; ya va casi para 29 años, pero han pasado varios dueños y ella no sabe si desde el primero pagaban la seguridad social, entonces ella quiere saber qué puede hacer.
Ella debe solicitar a la Tesorería de la Seguridad Social que emitan una certificación-historial de su estatus de afiliada. Eso es gratuito, y ahí sale todo: fechas de afiliación y de pagos, montos, etc.

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