Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

¡Cuidado con la reforma laboral!

Publicado por el periódico HOY
1 Marzo 2012, 10:56 PM
¡Cuidado con la reforma laboral!
Activar el empleo debe ser el objetivo de las políticas públicas

Escrito por: EDUARDO JORGE PRATS ( e.jorge@jorgeprats.com)

Si algo caracteriza algunas de las reformas legales que se han impulsado en el país en los últimos tiempos es que muchas de ellas son impulsadas con el manifiesto u oculto afán de disminuir las garantías de los derechos que las leyes a reformar conceden a las personas.

Parecería que algunos sectores de la sociedad dominicana, sean mayorías o minorías, se resisten a vivir en una cultura de derechos y quieren, de un modo u otro, regresar a un estadio histórico superado, donde los individuos debían vivir sometidos al libre arbitrio de los poderes públicos y privados. El ejemplo más conocido es el de la popular reforma procesal penal para el endurecimiento de las penas y la disminución de los derechos de los justiciables.

Pero no es el único. El más reciente es el de la reforma del Código del Trabajo tendente a lo que eufemísticamente se denomina la “flexibilización laboral”. Tanto un iuslaboralista de la talla del Dr. Rafael Alburquerque, Vicepresidente de la República y coautor –junto con Milton Ray Guevara y Lupo Hernández Rueda- del Código de Trabajo vigente, como el editorialista de este diario han advertido, con justa razón, del peligro de reformar nuestras normas laborales.

Hay que recordar que al establecer la Constitución que el sistema económico se fundamenta en el crecimiento económico está partiendo de que la creación de riqueza es norte del sistema, pues, sin ella, no puede hablarse de redistribución de la riqueza como lo hace el artículo 217. Ahora bien, la creación de riqueza se efectúa en base a tres factores: el trabajo, el capital y la tecnología.

El trabajo, como señala el constitucionalista peruano Landa Arroyo, “es la fuente principal de la creación de la riqueza, lo que no significa que sea la única, pero sí es aquella sin la cual no existiría sociedad ni mercado de consumidores”. Esta importancia del trabajo no solo como factor en la creación de riqueza, sino también como elemento esencial del desarrollo humano al cual se orienta el sistema económico (artículo 218), explica el por qué aparece el trabajo como uno de los fundamentos del Estado Social y Democrático de Derecho que proclama el artículo 7 de la Constitución y el por qué es reconocido por la Constitución como “un derecho, un deber y una función social que se ejerce con la protección y la asistencia del Estado” (artículo 62).

El trabajo es lo único que posibilita que exista un mercado nacional con consumidores con capacidad económica para consumir, lo que explica la garantía al “derecho a un salario justo y suficiente” que permita al trabajador “vivir con dignidad y cubrir para sí y su familia necesidades básicas materiales, sociales e intelectuales” (artículo 62.9).

El problema de nuestro país no consiste entonces en lograr competitividad en base a la disminución de las garantías de los trabajadores sino en poder crecer mediante actividades productivas generadoras de empleos formales que le den mayor sostenibilidad a nuestro sistema de seguridad social. Activar el empleo y no la precariedad debe ser el objetivo de las políticas públicas, máxime cuando la propia Constitución establece el principio de no retroceso social.

Por eso, resulta contraproducente desmontar los incentivos fiscales de las empresas generadoras de empleos, como es el caso de las zonas francas, como lo es permanecer indiferente frente al uso de mano de obra de extranjeros en situación migratoria de ilegalidad que deprime constantemente el nivel de los salarios. Hay que reinventar el trabajo en el siglo XXI en un mundo en el que algunos predicen el “fin del trabajo” (Rifkin) y otros señalan que todos estamos deviniendo población residual, excedente, prescindible (Bauman). Por eso, hoy más que ayer y más que nunca hace sentido el proyecto de Pedro Francisco Bonó, de optar por las clases trabajadoras, de cifrar la esperanza de desarrollar el ideal republicano a través de la confianza en los trabajadores, en “el respeto al trabajador y al fruto de su trabajo”, creando así “este elemento indispensable a la conservación de las naciones (…) hacer amar la patria por el mayor número que son los pequeños”. Solo una República del trabajo hará nuestra sociedad más justa y democrática.

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