Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

+ Consultas en Materia Laboral (Salario de Navidad y otros)

Publicado por el periódico HOY

5 Diciembre 2011, 9:56 PM

CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS

Especialista en derecho laboral

1. Quisiera saber desde qué momento se tiene derecho al salario de Navidad, ¿desde que uno comienza a trabajar o partir de los tres meses de labores?

Un empleado tiene derecho a salario de Navidad desde que inicia la relación de trabajo, aunque haya laborado una semana o apenas varios días. Por ejemplo, si se le pagó RD$2,000.00 por haber laborado 1 semana, le corresponde RD$166.66, que es la duodécima parte de lo devengado en el año.

Los 3 meses de labores sólo aplica para el preaviso y el auxilio de cesantía, y 5 meses de labores para la compensación por vacaciones no disfrutadas.

2. Tengo una empleada que dio a luz mellizos hace un año y seis meses. Cuando se reportó el nacimiento a través de la TSS, el sistema lo puso como que fue un error reportar dos lactantes. Como empresa, le hemos enviado toda la documentación donde acredita que esa empleada dio a luz dos lactantes; nos hemos comunicado con la DIDA, SISALRIL y la TSS y la empleada aún no ha podido recibir el subsidio de lactancia porque nos dicen que fue un error del sistema y que están trabajando en eso. Lo que queremos saber es, aparte de esos organismos, ¿a dónde debe dirigirse la empleada para que le paguen lo que por ley le pertenece?.

Sugiero que la empleada (no la empresa) interponga un recurso de amparo por violación a derechos fundamentales de la seguridad social y de los menores de edad. Legalmente, la institución obligada a pagar ese subsidio es la SISALRIL, por tanto, es a ella a la que hay que poner en causa, y la jurisdicción competente –a mi juicio– es el Tribunal Superior Administrativo. Dado que se han dilatado tanto tiempo negándole ese derecho fundamental, sería oportuno interponer paralelamente una acción principal en responsabilidad civil, ante la misma jurisdicción.

El recurso de amparo procura un pago inmediato del subsidio impagado, pero con la acción principal le logrará una indemnización adicional.

3. Fui despedido de la compañía en febrero 2010 y no me dieron la bonificación correspondiente al 2009. Nuevamente estoy trabajando en la misma compañía, habiendo estado fuera de ella por un período aproximadamente de un año. ¿Tengo derecho a reclamar la bonificación del 2009?

Ya a usted se le venció el plazo para poder reclamar la bonificación del 2009, pues ha dejado transcurrir el plazo de un año, que es el mayor que tenía para reclamar.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Sentencia de la SCJ sobre la Querella Contra el Senador Wilton Guerrero (Inadmisible

Como se obtiene el 23.83 de dias laborables.

Anticipo de pruebas