Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

El presidente Leonel Fernández promulgó ayer la legislación que modifica varios artículos de la Ley 3726, sobre Procedimiento de Casación

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Publicado por DIARIO LIBRE

en fecha 11 de Febrero 2009

Presidente Leonel Fernández promulga Ley de Casación

SD. El presidente Leonel Fernández promulgó ayer la legislación que modifica varios artículos de la Ley 3726, sobre Procedimiento de Casación, con el objetivo de impedir que los procesos civiles que requieren la atención de la Suprema Corte de Justicia, se extiendan y demoren en los tribunales.En su artículo uno, la ley dice que se modifican los artículos 5, 12 y 20 de la Ley número 3726, del 29 de diciembre de 1953, sobre Procedimiento de Casación, reformada por la ley 845, del 15 de julio del 1978.El artículo cinco modificado de la referida ley dice que "en las materias civil, comercial, inmobiliaria, contencioso-administrativo y contencioso-tributario, el recurso de casación se interpondrá mediante un memorial suscrito por abogado, que contendrá todos los medios en que se funda, y que deberá ser depositado en la secretaría de la Suprema Corte dentro de un plazo de 30 días".Agrega que el memorial deberá ir acompañado de una copia certificada de la sentencia que se impugna.
De AM

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