Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

EL CONGRESO NACIONAL DECIDIÓ CONSAGRAR EN LA CONSTITUCIÓN QUE LA UNIÓN LIBRE TENGA LOS MISMOS DERECHOS QUE LAS PAREJAS CASADAS

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Publicado por LISTIN DIARIO

VIOLENCIA DE GÉNERO
Un alto al abuso patrimonial
Deyanira Polanco - 6/29/2009

EL CONGRESO NACIONAL DECIDIÓ CONSAGRAR EN LA CONSTITUCIÓN QUE LA UNIÓN LIBRE TENGA LOS MISMOS DERECHOS QUE LAS PAREJAS CASADAS

Valor. Las mujeres que realizan las tareas de la casa hacen importantes aportes a la economía y a la protección de la familia.


Santo Domingo.- Esa es la mejor noticia que he recibido en muchos años, dijo Yocasta, a quien, después de casi 20 años de convivir en unión libre, su pareja la sacó de la casa con apenas sus ropas, bajo el alegato de que a ella no le correspondía parte de sus bienes porque no estaban casados.
Lo que alegra a Yocasta es la decisión del Congreso Nacional de consagrar en la nueva Constitución que las parejas que viven en unión libre tienen los mismos derechos que las casadas.
Además de que en la nueva Carta Magna el Estado reconoce el trabajo en el hogar como una actividad económica que genera riqueza y bienestar social.
Esta decisión ha levantado un muro frente a la violencia patrimonial o económica que con frecuencia ejerce el hombre contra la mujer, cuando dispone de los bienes comunes, los vende, destruye, traspasa o regala, y que se agudiza cuando argumenta que la mujer no realiza trabajo remunerado por solo dedicarse a las tareas de la casa.
Este tipo de violencia intrafamiliar también se ejerce cuando se niega la manutención a los hijos.
Derechos La abogada María Elena Rodríguez, de la Secretaría de Estado de la Mujer, asegura que Yocasta tiene derecho a exigir el 50 por ciento de los bienes de su ex pareja.
“Las mujeres que tengan una unión establecida y que se pueda demostrar, pueden reclamar el 50 por ciento de los bienes que han adquirido en el tiempo que han vivido juntos”, destaca.
No obstante, aclara que sólo podrán reclamar la división de los bienes las parejas en unión libre cuando uno de los dos no esté casado con otra persona, y que no se consideran comunes aquellos muebles o inmuebles adquiridos antes de iniciar la relación o heredados.
(+)UN PRECEDENTE: RESOLUCIÓN DE LA SCJDesde el 2001 existe una resolución de la Suprema Corte de Justicia que reconoce los derechos de las parejas en unión libre, pero que ahora cobra mayor fuerza jurídica con la consagración en la Carta Magna.
Esto está establecido en el artículo 44 sobre la familia en sus ordinales cuatro y diez, del proyecto de reforma constitucional aprobado en primera lectura.
Las estadísticas de la Fiscalía del Distrito Nacional destacan que en el semestre agosto 2008-enero 2009 se recibieron 4,141 denuncias de violencia contra la mujer, de las cuales 37% correspondió a violencia psicológica, 33% a violencia física, 21% a amenazas, el 8% a violencia patrimonial y 1% a acoso.
Cómo evitar la violencia económicaLa abogada María Elena Rodríguez, de la Secretaría de Estado de la Mujer, dijo que para evitar la violencia patrimonial lo primero es saber que cuando el hombre ejerce control, se apropia de los bienes del hogar y no cumple con la manutención está ejerciendo violencia económica. Recomienda, antes de enfrentar a esa persona, buscar ayuda y asesoría de un abogado conocedor de la materia.
“No actuar sin herramientas porque nadie va a la guerra con las manos vacías, usted no puede ir a la guerra a pararse con las manos vacías frente a otro que tiene un tanque de guerra. Eso es imposible”, destacó, al señalar que parte de esas herramientas las tiene la ley 24-97 Sobre Violencia Intrafamiliar en su artículo 339-06, donde plasma medidas preventivas o conservatorias.
Cita entre esas medidas previas a iniciar el proceso de reclamación de bienes, la orden para que el agresor se abstenga de molestar, intimidar a amenazar a la pareja consensual; desalojar la residencia e impedimento de traspasar vehículos de motor y realizar transacciones bancarias.
Destaca que la violencia patrimonial está vinculada a la verbal y sicológica, y en algunos casos a las agresiones físicas, por lo que en caso de que el agresor amenace a su víctima, ésta puede buscar protección en la fiscalía más cercana.
También puede acudir a una de las 52 oficinas que tiene la Secretaría de la Mujer en las provincias y municipios donde le ofrecen asistencia legal gratuita y acompañamiento en los procesos judiciales.
La especialista enfatizó que todos los casos en materia legal son distintos, por lo que las personas no deben llevarse de lo que diga la gente común, sino los conocedores de las leyes.
Conducta de los que ejercen esta violencia Bajan la autoestima de su pareja, le repiten con frecuencia que ellas están locas, que nunca poseerán sus propiedades, que no han aportado nada porque no realizan trabajos remunerados, al extremo de hacerles creer que no tienen derechos sobre los bienes adquiridos.
En la nueva Constitución El artículo 44 establece que la familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas.
Se constituye por vínculos naturales o jurídicos por la decisión de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.
El numeral 4 de dicho artículo dice que la unión singular y estable entre un hombre y una mujer, libres de impedimento matrimonial, que forman un hogar de hecho genera derechos y deberes en sus relaciones personales y patrimoniales, de conformidad con la ley.
En el numeral 10, el Estado reconoce el trabajo del hogar como actividad económica, que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social, por lo que se incorporará en la formulación y ejecución en las políticas públicas y sociales.
(+)LAS MUJERES Y LAS TAREAS DOMÉSTICASLas mujeres que realizan las tareas de la casa hacen importantes aportes a la economía y la protección de la familia, que se traduce en ahorro en gastos de salud, así como al cuidado de niños y envejecientes.
En el 2007, la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) pidió que se reconociera el trabajo de las amas de casa, petición refrendada por los gobiernos de los países que participaron en la X Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, cuando firmaron la declaración de Quito.
El compromiso fue el de diseñar en sus países medidas y legislaciones para potenciar a la mujer en la sociedad y reconocer el trabajo doméstico en las cuentas nacionales.

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