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Publicado en DIARIO LIBRE
en Fecha:
28 Octubre 2008
USA. - La columna de migración
Hace muchos años, fui detenido en Estados Unidos por usar una pistola sin permiso. No hubo otra situación, ya que estaba cerca de la casa de unas amistades, y por razones muy particulares, la policía se dio cuenta de que tenía una pistola y tras un breve cuestionamiento, ellos se dieron cuenta de que no era mía y de que no tenía permiso para usarla. Me hicieron un proceso de deportación y regresé a mi país en poco tiempo. Ahora me interesa obtener una visa de paseo, y necesito saber qué implicaciones tiene ese problema en una solicitud actual. Anónimo.
Una ofensa por armas de fuego (violación a cualquier ley de compra, venta, oferta de venta, intercambio, propiedad o posesión de un arma de fuego) hace a una persona deportable. Por esa razón, usted fue deportado. Sin embargo, ni siquiera una convicción por una ofensa por armas de fuego no lo hace a usted inadmisible para entrar a los Estados Unidos, stricto sensu. A diferencia de asuntos relacionados con el uso/abuso y tráfico de sustancias controladas y de crímenes de "moral turpitude" donde la sospecha del Cónsul lo hace inadmisible, esto no sucede con este tipo de ofensas. Ahora bien, usted siempre tendría que pasar la barrera del INA 214 (b), que significa que usted debe demostrar que tiene suficientes lazos con su país para regresar a él.
Mi esposo es ciudadano americano, y yo tengo residencia desde hace mucho tiempo. Mis dos hijas nacieron en Miami, pero usted sabe, yo no he pasado mucho tiempo viviendo en Estados Unidos. Solicité un permiso de re-entrada, pero se me venció y viajé casi al año. Cuando fui a entrar junto con mi esposo, me mandaron para el cuartito ese, donde estuve casi tres horas. Tuve que pagar US$295 dólares como multa y me dejaron pasar, con la promesa de que tenía que entrar en junio, pues originalmente había dicho que estaba buscando una escuela para mis hijas. No sé que hacer, pues yo no quiero vivir permanentemente allá, pero mi esposo y mis dos hijas son ciudadanos americanos, y no quiero estar lejos de ellos.
Si usted decide entregar su residencia, siempre puede pedirla de nuevo, por su esposo ser ciudadano americano. De hecho, está bien visto que la entregue voluntariamente, ya que en ese caso es mucho más fácil conseguir la visa de paseo. Si yo fuera usted, entregaría la residencia, y pediría una visa de paseo, explicando que aunque sus familiares son ciudadanos americanos, tienen todos sus intereses aquí y que por tanto, no tienen planes de vivir fuera.Si no obtiene la visa de paseo y posteriormente quiere ir a vivir en los Estados Unidos, su esposo puede pedirla de nuevo. En caso de que decida seguir con su residencia, debe viajar en junio indefectiblemente, y lo más conveniente es que se pase el tiempo necesario con su residencia viviendo verdaderamente en los Estados Unidos, y así poder solicitar la ciudadanía y poder vivir donde le parezca.
Por favor envíe sus preguntas a: karinaperezrojas@hotmail.com, para citas llame al 809-566-9615
De Karina Pérez Rojas
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