Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

¿El hecho de no tener un sueldo base le hace perder sus derechos laborales?

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Periodico Hoy

7 Octubre 2008, 12:28 AM
CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS
Especialista en derecho laboralQuiero que me asesore en el siguiente caso: Un profesional liberal trabaja como Gerente de Cobros de una empresa por una comisión de 10 % de lo cobrado en el mes mediante un contrato por tiempo indefinido. Ese Gerente de Cobros no trabaja dentro de la empresa, sino en una ciudad distinta al domicilio de la misma, pero está bajo las órdenes directas del Administrador de dicha empresa.
Lo devengado por mes variaba, claro está, según lo cobrado. Podían ser $55,000, $45,000, $30,000 etc. A los 11 años y 3 meses la empresa decide prescindir de sus servicios. Las preguntas son: ¿Puede exigir prestaciones laborales? ¿El hecho de no tener un sueldo base le hace perder sus derechos laborales? ¿Tener una certificación expedida por la empresa donde reconoce un promedio mensual de $25,000.00 le beneficia en algo? ¿Le beneficia tener fotocopia de los cheques recibidos por pago de la comisión?
Si, esa persona puede claramente exigir prestaciones laborales. Hay jurisprudencias antiguas (SCJ 4 Mar. 1952, B. J. 500, Págs. 403-408; SCJ 4 Mar. 1962, B. J. 500, Págs. 403-408) y nuevas (3° SCJ 2 Jul. 2008) que se aplican y guardan mucha similitud al caso planteado.
No es necesario tener un sueldo fijo para que se tipifique el contrato de trabajo. Basta con que hayan pagos variables y regulares (SCJ 28 Ene. 1998, B. J. 1046, Págs. 101-107).
En cuanto a si la certificación y las copias de los cheques benefician en algo, por supuesto que sí, pues evidencian la existencia de un contrato de trabajo.
De todos modos, tenga usted pendiente que no basta que exista un contrato de trabajo para tener derecho a prestaciones laborales.
Es indispensable que se produzca una decisión del empleador de terminar la relación (un despido o un desahucio). Si el empleado es el que renuncia, o sea el que se quiere ir, entonces la empresa no tiene que pagarle prestaciones laborales.
Quisiera me orientara con esto: Tengo una confusión con el tiempo de las vacaciones. Cumplí 5 años en la empresa y me dicen que me corresponden 18 días de pago de vacaciones, pero que solo se toman 14 días. Podría usted orientarme con esto?
Le han orientado correctamente. Son 14 días laborables de descanso y 18 días de pago.

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