Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

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CONSULTORIO LABORAL. El salario 13



 
Por DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS/ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL 
28 julio, 2015 2:00 am

1. Tengo varias preguntas: 1) ¿Cómo se calcula el salario 13 en el sector zona franca?; 2) Trabajo en el sector zona franca, y me gustaría saber si yo renuncio, ¿cuáles beneficios me tocan?; 3) ¿Cómo se calculan las vacaciones en zona franca, si es diferente a los demás sectores?; 4) Las horas extras van sumadas para el cálculo del salario 13?

1) El salario de Navidad (o No. 13, como usted le llama) constituye la duodécima parte de lo devengado durante el año calendario (del 1º Ene. al 31 Dic.) y es igual en cualquier empresa, incluyendo las de zona franca.

2) Si usted renuncia (o sea, ejerce un desahucio) no le corresponderán prestaciones laborales (preaviso y auxilio de cesantía), pero sí le corresponderá vacaciones anuales si no las ha disfrutado y proporción de salario de Navidad a partir del 20 de diciembre. No le toca participación en las utilidades de la empresa, pues las empresas de zona franca no pagan ese derecho. Si por casualidad le adeudan una quincena u horas extras, eso habría que pagárselo.

3) Las vacaciones en zonas francas se calculan y pagan igual que el resto de las empresas: 14 días laborables de disfrute y si usted tiene más de 5 años trabajando, disfruta igualmente 14 días laborables, pero recibe el pago por 18 días, todo en base al último salario si usted gana un sueldo fijo, y en base al promedio de los últimos 12 meses si percibe un salario variable (comisiones, incentivos, bonos de producción, etc.) o si percibe un salario mixto (sueldo fijo + comisiones).

4) En cuanto a las horas extras, estás no se incluyen en la base de cálculo del salario de Navidad.

2. Si soy empleada y no tengo las 12 cotizaciones del SFS y tengo una licencia por enfermedad común. ¿Cuánto me debe pagar la empresa si la empresa me tiene en Seguridad Social. También, si soy empleada y tengo una licencia de 15 días y la Seguridad Social a través de la TSS me paga un monto inferior a mi quincena, ¿debe la empresa pagarme la diferencia de mi quincena o no.

En ninguna de las dos situaciones que usted pregunta la empresa está obligada a pagar, pues por aplicación combinada de los Arts. 50 y 51.6 del CT, cuando el empleado no puede prestar servicios por enfermedad, el empleador queda liberado de pagar el salario convenido.

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