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Publicado por el Periodico Hoy
17 Enero 2012, 12:03 AM
CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS
Especialista en derecho laboral
1. Tengo varios años laborando en
una empresa en donde ninguno de los empleados tenemos seguro médico, desde hace
dos años y medio, ya que tienen una deuda grandísima con la TSS, y hace como dos
años nos dejaron de descontar ese dinero, pero el problema no es sólo falta de
pago, sino que nos hacen los descuentos y no lo pagan a la TSS. Recientemente,
nos han dado de baja de la TSS, y no todos los empleados lo saben. Quiero que me
oriente. ¿Cómo puedo hacer que vengan personas a supervisar, sin decir que fui
yo que presentó la denuncia? Esta empresa está violando todos nuestros derechos
y las cosas siempre se quedan así y realmente no es justo. Si uno tiene que ir
al médico, es de nuestro dinero y no nos lo rembolsan.
Usted puede denunciar la situación, y pedir que no lo identifiquen, en
cualquiera de las siguientes instituciones: (1) en la Dirección de información y
defensa de los afiliados (DIDA), que supongo se pondrá en contacto con la
Tesorería de la Seguridad Social (TSS); (2) directamente en la TSS o; (3) en la
inspección de trabajo del Ministerio de Trabajo, que en teoría está encargada de
verificar las violaciones a las normas de Seguridad Social. Me parece que la
opción No. 1 es mejor que las otras dos, pero usted puede optar por la vía que
se sienta más cómodo.
Esa denuncia deberá provocar una visita de representantes de la TSS o de un
inspector de trabajo a requerimiento de la TSS, y si se comprueba todo lo que
usted ha dicho, se le dará un plazo para rectificar y para pagar ciertos
recargos que aplican en tales casos; y si no lo hace, entonces se abriría un
proceso judicial penal-laboral en contra de la empresa.
2. Tengo un negocio que se trabaja solo 4 días a la semana y el personal
disfruta de 3 días libre, como se calcula las prestaciones del empleado
Se calculan igual que en los demás casos en que se trabajan 5 días, de lunes
a viernes. No hay diferencia.
3. Si una persona que tiene una iguala por servicio de mensajería, le
corresponde doble sueldo, bonificación. Tengo entendido que cuando no se cumple
un horario, los beneficios son otros.
La jurisprudencia ha determinado que la ausencia de un horario no excluye la
existencia del contrato de trabajo. Por tanto, a ese mensajero le corresponden
esos derechos.