Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

El CPJ aprueba nuevo reglamento de control - DiarioLibre.com

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El CPJ aprueba nuevo reglamento de control

La disposición le da facultad al presidente de disponer suspensión hasta que se conozca el caso

SD. El Consejo del Poder Judicial aprobó un Reglamento de Control Administrativo Interno del Poder Judicial, que establece una serie de procedimientos y acciones, entre ellas las atribuciones que tendrá su presidente de ordenar suspensiones hasta tanto se decidan medidas disciplinarias.

La Resolución No. 23-2012, que aprueba la norma, fue decidida por los miembros del Consejo del Poder Judicial.

Entre las funciones disciplinarias del presidente están ordenar de manera provisional, cualquier medida que se imponga en interés del servicio, en caso de urgencia o peligro en la demora, y hasta que sea dirimido el fondo del juicio disciplinario en proceso de investigación o ya aperturado. También fijar audiencia de las causas seguidas a los jueces del Poder Judicial, dentro de los 15 días de haber sido remitida la decisión del Consejo que admite el juicio disciplinario y ordenar la citación de las partes vinculadas en el proceso, testigos y peritos.

Además, someter al Pleno, cuando corresponda, el Plan Estratégico Institucional, con los objetivos y las líneas de acción que servirán de guía para el accionar. Plantea que el reglamento tiene por objeto regular la estructura y funcionamiento interno del CPJ.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Via www.diariolibre.com)

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