Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

En la Nueva Reforma Constitucional (Pasan amparo y habeas corpus)

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Publicado por DIARIO LIBRE
06 Mayo 2009

Pasan amparo y habeas corpus
Aprueban derecho de jóvenes y a estudio el medio ambiente

La mesa principal observa los resultados de una votación. MARTIN CASTROSANTO DOMINGO. La Asamblea Nacional consagró en la Constitución el recurso de Amparo y el Habeas Corpus, dentro de las garantías a los derechos fundamentales; agregó un nuevo artículo sobre el derecho de los jóvenes y un numeral que da status constitucional al Habeas Data, sin perjuicio de los medios de comunicación y el derecho de la persona a la educación física, al deporte y a la recreación. Cinco artículos fueron aprobados en primera lectura en la décima sesión de la Asamblea Revisora.

Mientras, el artículo 56, que consagraría los derechos medioambientales en la Constitución fue enviado a una comisión, por no existir consenso con el numeral dos, en su parte infine, que plantea que "las áreas naturales protegidas no podrán ser reducidas en su extensión, aunque sí ampliadas, si así lo considera la legislación en tal sentido, salvaguardando los invaluables recursos que allí se preservan".

Un numeroso grupo de asambleístas de la región Sur y Este del país se mostraron en contra de que en la Constitución se prohíba la reducción de las áreas protegidas, moción que evidenció división en los tres partidos mayoritarios.

El artículo 57 establece que "la Constitución garantiza la efectividad de los derechos fundamentales a través de los mecanismos de tutela y protección que ofrecen a la persona la posibilidad de obtener la satisfacción de sus derechos frente a los sujetos obligados o acreedores de los mismos. Los derechos fundamentales vinculan a todos los poderes públicos que habrán de garantizar su efectividad en los términos establecidos por las Constitución y por la ley".

Habeas Corpus y amparo

El artículo 59 expresa que "Toda persona que se encuentre privada de su libertad o amenazada de ello, de manera arbitraria o irrazonable, tiene derecho a recurrir ante cualquier juez o tribunal, mediante la acción de habeas corpus, de conformidad con la ley, a fin de que éste conozca y decida, de manera sencilla, efectiva, rápida y sumaria, sobre la legalidad de tal privación o amenaza".

El artículo 60 plantea que "toda persona tiene derecho a la acción de amparo para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos fundamentales no protegidos por el habeas corpus, cuando éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública o particular, para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o acto administrativo, o para garantizar los derechos e intereses colectivos. La ley regulará el ejercicio de esta garantía. El procedimiento de la acción de amparo será oral, público, sencillo, breve, gratuito y no sujeto a formalidad".

Habeas Data

Se aprobó, a propuesta de Charlie Mariotti que "toda persona podrá también acudir en amparo para tomar conocimiento de los datos a ella referidos y de su finalidad, que consten en registros o bancos públicos o privados y en caso de falsedad o discriminación, exigir la suspensión, rectificación, actualización y confidencialidad de aquellos. No podrá afectarse el secreto de las fuentes de información periodística". Se sancionó que "toda persona tiene derecho a ser oída, dentro de un plazo razonable, por una jurisdicción competente, independiente e imparcial, establecida con anterioridad por la ley".

Además que "toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia y debe ser tratada como tal, mientras no se haya declarado judicialmente su culpabilidad.

Juventud

Se agregó un nuevo artículo a la Constitución, mediante el cual consagra el derecho de los jóvenes. La propuesta fue presentada por los asambleístas Nidio Encarnación, del PRD, Víctor Bisonó, del PRSC y Charlie Mariotti, del PLD.

El artículo establece que "el Estado garantizará el derecho de los jóvenes y promoverá su efectivo ejercicio, a través de políticas y programas que aseguren y mantengan de modo permanente su participación e inclusión en todos los ámbitos de la vida nacional. Se reconoce además su valor como actores estratégicos en el desarrollo de la nación".



De Socorro Arias Redactora Senior

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