Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M...

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Publicado por el periódico Hoy
2 Abril 2012, 11:52 PM


CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS

Especialista en derecho laboral

Tengo un promedio de 7 años trabajando en una empresa que está en mala situación económica, y el dueño ha buscado un socio para que invierta en ella. Los nuevos inversionistas le cambiaron el nombre a la empresa para –según ellos– tener mejor crédito con los suplidores y demás. A los empleados nos han dado un contrato diciendo que la nueva empresa es responsable del tiempo que teníamos en la anterior y que todo va a caminar como estaba antes, y que nos van a cumplir con todo lo de la ley. El dueño principal sigue en la empresa, pero no obstante él hizo otra empresa en el mismo edificio y dividió el personal, o sea, se quedó con una parte de los empleados y con un documento similar para firmarlo. Nosotros queremos saber, de parte suya, si eso nos puede hacer daño con nuestras prestaciones y si todo eso es algo legal?.

Lo mejor para usted en toda la situación descrita es que los nuevos dueños han firmado nuevos contratos de trabajo con cada uno de ustedes y le han comunicado por escrito, que les reconocen el tiempo anterior, es decir, los años de trabajo brindados al anterior dueño.

Otra cosa muy buena es que al negocio se le ha dado continuidad, y en ese sentido hay jurisprudencia constante según la cual, primero, si el nuevo adquiriente le da continuidad o sigue explotando el negocio adquirido, queda subrogado en las responsabilidades frente a los trabajadores (3ª SCJ, 29 Sep. 1999, B.J. 1066. Caso: Banco Central vs. Roberto Guzman); y segundo, en cuanto al cambio del nombre a la empresa, que el empleado no está obligado a saber, ni puede verse perjudicado por los cambios y operaciones de negocios de su empleador, y que por tanto, podrá reclamarle al “patrono aparente”, entiéndase, al nombre comercial o sociedad que a la luz pública sea su empleador (3ª SCJ, 28 Oct. 1998, B.J. 1055. Caso Omaira Morel Herrera y/o Estación de Gasolina Texaco El Polvorin vs. Cristian Ml. Castillo).

Para su tranquilidad, debo añadirle que me da la impresión que esos empresarios –el que vendió parte del negocio y el adquiriente– están actuando de buena fe, pues han llegado al punto de firmar nuevos contratos a sus empleados, o cuando no, les han comunicado por escrito que asumen la antigüedad de los respectivos contratos de trabajo.

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