Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Divorcios Rápidos en República Dominicana


Disponemos del servicio de divorcios, sin impar tar la causa, podemos ayudarles. 


Principales causantes de divorcios:

  • El mutuo consentimiento de los esposos: es aquel mediante el cual las partes se ponen de acuerdo para divorciarse porque no pueden seguir viviendo, pero no quieren someterse a litigios ni contradicciones.

  • La incompatibilidad de caracteres: debe ser justifica por hechos cuya magnitud sea suficiente como para motivar el divorcio. Ejemplo: infidelidad de los cónyuges, perturbación social, entre otros.

  • La ausencia: debe esta decretada por el tribunal de conformidad con las prescripciones contenidas en el Capitulo II, Titulo IV, del Código Civil.

  • El adulterio de cualquiera de los cónyuges.

  • La condenación de uno de los esposos a una pena criminal: esta causa solo podría alegarse cuando la sentencia condenatoria haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocable juzgada.  No podrá pedirse el divorcio por esta causa si la condenación es la sanción de crímenes políticos.

  • Las sevicias o injurias graves cometidas por uno de los esposos respecto del otro: se refiere a los malos tratos, la violencia, las vías de hecho, los golpes ocasionados en perjurio del otro cónyuge.

  • El abandono voluntario que uno de los esposos haga del hogar: siempre que no regrese a el en el término de dos años. Este plazo tendrá como punto de partida la notificación auténtica hecha al cónyuge que ha abandonado el hogar por el otro cónyuge.

  • La embriaguez habitual de uno de los esposos, o el uso habitual o inmoderado de drogas estupefacientes: conlleva a sanciones penales, por violación a la ley 50-88 sobre drogas y sustancia controladas.

Ademas disponemos de Divorcio a Vapor.

El divorcio al vapor o especial para los extranjeros es un tipo de divorcio por mutuo acuerdo que sólo se aplica a los extranjeros.

 El proceso de divorcio está caracterizado por la transparencia, como su única base es el acuerdo de los cónyuges y su principal condición es que sólo uno de ellos está presente en el día de la audiencia, mientras que el otro cónyuge está representado por poder.

Para mayor información:

809-621-8521
849-255-9442

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