Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Tribunal Constitucional declara inadmisible recurso de neonacionalistas contra reglamento del Plan de Regularización - Periódico Digital Dominicano - 7días.com.do

TC declara inadmisible recurso de neonacionalistas contra reglamento del Plan de Regularización

SANTO DOMINGO (R. Dominicana).- El Tribunal Constitucional declaró inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad incoada por la Red Nacional por la Defensa de la Soberanía contra de tres artículos del decreto que instituye el reglamento del Plan Nacional de Regulación de Extranjeros Ilegales, emitido por el Poder Ejecutivo.

Los artículos del decreto objetados fueron el 3, sobre la duración del Plan; el 32, sobre los solicitantes en tratamiento médico, y el 37, sobre la prohibición de la deportación.  

En el primer dispositivo de su sentencia, cuyo extracto fue publicado este lunes en su página web, el TC declara inadmisible el recurso de la Red, representada por la Fundación Soberanía, Inc.

Como es de rigor, el tercer dispositivo ordena la notificación de la decisión al accionante, al procurador general de la República, al Senado y al Centro Bonó, que actuó en este caso como interviniente voluntario.

La decisión consta en el número 7 de lista de casos fallados.

Con ocasión de anunciar la presentación del recurso, la Red Nacional por la Defensa de la Soberanía, por boca del abogado Juan Miguel Castillo Pantaleón y de Manuel Núñez, alegó que el decreto, además de ser ilegal e inconstitucional, “tiene la grave significación histórica de ser el primer documento emitido por el Poder Ejecutivo desde el nacimiento de la República en 1844, hasta la fecha, en el que el poder político dominicano bendice la fusión de República Dominicana y Haití, por lo cual instala en la vida de la sociedad dominicana presente un peligroso y funesto precedente de graves perturbaciones a la paz social”.

 

(Via www.7dias.com.do)

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