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Mostrando entradas de abril, 2015

Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Poder Judicial Informa :Feriado con motivo Día Internacional del Trabajo

Distinguidos(as) usuarios(as) del Poder Judicial:   Les comunicamos que con motivo de la celebración del  Día Internacional del Trabajo,  el Poder Judicial realizará labores normales mañana viernes 1ro. de mayo, pasando el feriado para el lunes 4 de mayo y reiniciando labores el martes 5 de mayo de 2015.   Excepción a esta disposición son las Oficinas Judiciales de Servicios de Atención Permanente, adscritas a los Juzgados de la Instrucción de los diferentes Distritos Judiciales, las cuales laborarán normalmente.   Atentamente,   Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD) Consejo del Poder Judicial, República Dominicana Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó Centro de los Héroes - Santo Domingo, D. N., Rep. Dom. CP: 1485; Tel: 809.533.3191, exts. 2189 y 2193; Fax: 809.532.3859 E-mail:  jurisleg-cendijd@poderjudicial.gob.do Web:  www.poderjudicial.gob.do

+ Consultas en Materia Laboral (Pago de los días feriados)

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CONSULTORIO LABORAL. Pago de los días feriados Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   31 marzo, 2015 2:00 am     Carlos Hernández Contreras. 1. Tengo una inquietud respecto al pago de los días feriados. Entiendo perfectamente cómo calcularlos pero tengo la duda de si a este importe se le retiene TSS o si tiene el tratamiento de las horas extras. De acuerdo con la Resolución 72-03 del 29 de abril del 2003, aprobada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), solo forman parte del salario cotizable el sueldo, las comisiones y las vacaciones. 2. Si una persona tiene un horario rotativo de 12 horas, dígase de 6:00 de la tarde a 6:00 de la mañana, ¿Cómo se debe de pagar? Y si por ejemplo, si esa persona comienza a trabajar el domingo a las 6:00 de la tarde y termina el lunes a las 6:00 de la mañana con la condición de que el lunes es feriado ¿cómo se le pagaría? Esa pregunta había sido hecha por un anterior lector. La respuesta la pue

Criterios Jurisprudencial (Acoso moral y VIH)

Distinguidos(as) usuarios(as) del Poder Judicial: Sírvanse encontrar en el enlace  los criterios jurisprudenciales siguientes: Tercera Sala: Materia Laboral. Acoso moral y VIH. Trabajadora con VIH que sufre malos tratos de sus compañeros de trabajo por su condición. Acoso moral horizontal. Sentencia del 31 de marzo de 2015.  Ver:  aquí  Atentamente, Centro de Documentación e Información Judicial Dominicano (CENDIJD) Consejo del Poder Judicial, República Dominicana Av. Enrique Jiménez Moya esq. Juan de Dios Ventura Simó Centro de los Héroes - Santo Domingo, D. N., Rep. Dom. CP: 1485; Tel: 809.533.3191, exts. 2189 y 2193; Fax: 809.532.3859 E-mail:  jurisleg-cendijd@poderjudicial.gob.do Web:  www.poderjudicial.gob.do

SENTENCIA TC/0070/15 del Tribunal Constitucional contra el artículo 35 de la Ley núm. 1306-Bis

SENTENCIA TC/0070/15  A cción directa de inconstitucionalidad incoada por la señora Ángela Merici Mendoza Minier contra el artículo 35 de la Ley núm. 1306-Bis, de fecha veintiuno (21) de mayo de mil novecientos treinta y siete (1937).  Ver Sentencia: aquí 

+ Consultas en Materia Laboral (Entidades del Estado aplica el Código de Trabajo)

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CONSULTORIO LABORAL. Entidades del Estado aplica el CT Por  DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS/ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL   03 febrero, 2015 2:00 am   Carlos Hernández Contreras. ¿A cuáles entidades autónomas del Estado aplica el CT y a cuáles no? Aplica a las que tengan “carácter industrial, comercial, financiero o de transporte” (PF III del CT) o cuando su ley orgánica o estatuto lo disponga (SCJ, 31 Ene. 1964, B.J. 642, Pág. 147; SCJ, 4 Dic. 1964, B.J. 653, Pág. 1751; SCJ, 30 Mar. 1966, B. J. 644, Pág. 524; SCJ, 21 Jun. 1982, B.J. 859, Pág. 975; SCJ, 12 May. 1986, B.J. 906, Pág. 519; 3ª SCJ, 21 Feb. 2007, B.J. 1155, Pág.1327); y a las siguientes: Banco Central, Junta Monetaria y Superintendencia de Bancos (Ley 183-02 del 2002); Instituto Politécnico Loyola (31 May. 2006, B. J. 1146, Pág. 1829); empresas otrora de CORDE (3ª SCJ, 12 Sep. 2001, B. J. 1090, Pág. 597); CAASD (3ª SCJ, 11 Abr. 2007, B.J. 1157, Pág.682); APORDOM (3º SCJ, 23 Ago. 2006, B.J. 1149, Pág.1636);

Consultas en Materia Laboral (Condominio no registrado, acoso moral o moobing)

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CONSULTORIO LABORAL. Condominio no registrado Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   10 febrero, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. 1. Administro un condominio que no registrado. Tengo empleados inscritos en TSS a nombre de un amigo, ¿puede esto traer alguna consecuencia? Claro que es un problema latente para su amigo, pues cuando surja un problema (impago de la TSS, un empleado cometa una falta o haya un despido) las consecuencias serán responsabilidad del “amigo”. 2. Deseo saber si el CT habla sobre la penalidad del cd que se le aplica al trabajador por parte de sus compañeros y supervisores y ¿cuál es el artículo o la ley que lo penaliza? El único texto legal que existe en materia laboral es el Art. 47.9 del CT, que dispone “está prohibido a los empleadores…ejercer acciones contra el trabajador que puedan considerarse de acoso sexual, o apoyar o no intervenir en caso de que lo realicen sus representantes.” 3. Una empresa contrata alg

Consultas en Materia Laboral (¿Mi sueldo aplica para impuesto sobre la renta?)

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CONSULTORIO LABORAL. ¿Mi sueldo aplica para impuesto sobre la renta? Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   17 febrero, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. 1. Tengo un paquete salarial de RD$22,000 más incentivo por metas alcanzadas: RD$14,000 de sueldo base, RD$5,000 de asignación de combustible, que se liquidan con facturas con NCF y RD$3,000 de compensación de vehículo. El ingreso por comisión ronda los RD$10,000 promedio mensual. ¿Mi sueldo aplica para impuesto sobre la renta? ¿A qué cantidad del paquete se le aplicará el descuento de seguridad social? ¿Es legal o normal que se sume el sueldo base, más la compensación y los incentivos para aplicarle el descuento de seguridad social? Por ejemplo 14,000+3000+10,000= 27,000 *5.91 La forma como lo está haciendo su empleador es correcta, pues se debe cotizar sobre todo lo que sea salario ordinario, y el sueldo base es incuestionablemente parte del salario ordinario; los 3,000 por compensació

+ Consultas en Materia Laboral (Empleado no le pagan horas extras)

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CONSULTORIO LABORAL. Empleado no le pagan horas extras Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   24 febrero, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. Tengo casi 2 años laborando de 11:00pm a 7:00am y solo recibo un día libre quincenal y no me pagan horas extras. Solo recibo el sueldo normal, excepto los días feriados. No tengo contrato escrito que diga que trabajaría en esas condiciones. ¿Qué puedo hacer? ¿Puedo exigir las horas extras y los días libre? Si me despiden ¿podría exigir las horas extras no pagadas? Si a usted no le importa mucho ese empleo, pero desea salir con el pago de prestaciones laborales, usted puede presentar una dimisión por impago de horas extras, impago de horas nocturnas y violación al período de descanso semanal. Pero no lo haga sin antes haber conseguido la evidencia de que la empresa labora en esas condiciones, pues de acuerdo a la doctrina prevaleciente (Rafael F. Alburquerque, Derecho del Trabajo, Tomo II, Pág. 368, Ed

+ Consultas en Materia Laboral (Resoluciones del CNS)

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CONSULTORIO LABORAL. Resoluciones del CNS Por  DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS/ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL   10 marzo, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. 1.  Las resoluciones del CNS fija distintos salarios mínimos para empresas grandes, medianas y pequeñas conforme a “… las instalaciones o existencias del negocio o el conjunto de ambos elementos”. ¿Qué valores o cosas comprende las “instalaciones o existencias”? ¿Eso equivale al activo de la empresa según lo valora la DGII en la Declaración IR-2? ¿Quién es la autoridad competente para evaluar esto: MT, tribunales, un tasador…? Según el diccionario de la RAE “instalaciones” es el “conjunto de cosas instaladas”; y es también el “recinto provisto de los medios necesarios para llevar a cabo una actividad profesional o de ocio”; y “existencias” son “mercancías destinadas a la venta, guardadas en un almacén o tienda”. De estas definiciones se colige que debe tomarse en cuenta el valor presente de todo lo que conforma

+ Consultas en Materia Laboral (Despido sin prestaciones)

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CONSULTORIO LABORAL. Despido sin prestaciones Por  C   17 marzo, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. 1. A mi esposa la despidieron sin prestaciones. Fue porque faltó dos días consecutivos sin justificación. Ella tiene problemas de salud y siempre llevaba su licencia médica cuando faltaba. En este caso tenía su licencia, pero no la llevó porque la doctora no le puso el sello y sin eso no tiene validez, ¿qué se puede hacer? Ella puede aportar la prueba por testigos en el tribunal, de que ella cumplió con informar verbalmente la causa de su inasistencia. Fíjese que el artículo 58 del CT no exige que haya que presentar un certificado médico, pues dice: “Es obligación del trabajador dar aviso al empleador de la causa que le impida asistir a su trabajo dentro de las veinticuatro horas de ocurrir el hecho”. A esto se añade que la jurisprudencia ha establecido que: “Para que las inasistencias de un trabajador a sus labores sea una causal de despido, es necesario que este de

+ Consultas en Materia Laboral (Evaluación de negocios)

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CONSULTORIO LABORAL. Evaluación de negocios Por  DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS/ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL   24 marzo, 2015 2:00 am Carlos Hernández Contreras. 1. ¿Quién es la autoridad competente para evaluar “las instalaciones o existencias” de un negocio para aplicación de las tarifas de salario mínimo del CNS? (2 de 2) La ley no establece una jurisdicción para evaluar negocios ni momento para hacerlo. Todo esto estará sujeto a las circunstancias de cada caso, hasta tanto no surja una jurisprudencia o resolución que trace la pauta. Siendo así, si surgen discrepancias alegándose que las “instalaciones y existencias” del negocio sobrepasan equis valor y un inspector de trabajo hace su valoración (Art. 434 del CT) y levanta acta de infracción y el empleador no está conforme, el asunto pasa al Ministerio Público de Asuntos Laborales, apoderándose al Juzgado de Paz en atribuciones penal-laborales, donde el empleador puede demostrar que sus “instalaciones y existencias

+ Consultas en Materia Laboral (Pago de los días feriados)

CONSULTORIO LABORAL. Pago de los días feriados Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   31 marzo, 2015 2:00 am   1. Tengo una inquietud respecto al pago de los días feriados. Entiendo perfectamente cómo calcularlos pero tengo la duda de si a este importe se le retiene TSS o si tiene el tratamiento de las horas extras. De acuerdo con la Resolución 72-03 del 29 de abril del 2003, aprobada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS), solo forman parte del salario cotizable el sueldo, las comisiones y las vacaciones. 2. Si una persona tiene un horario rotativo de 12 horas, dígase de 6:00 de la tarde a 6:00 de la mañana, ¿Cómo se debe de pagar? Y si por ejemplo, si esa persona comienza a trabajar el domingo a las 6:00 de la tarde y termina el lunes a las 6:00 de la mañana con la condición de que el lunes es feriado ¿cómo se le pagaría? Esa pregunta había sido hecha por un anterior lector. La respuesta la puede encontrar a través del buscar

+ Consultas en Materia Laboral (Sobre inscripción en el TSS)

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Consultorio Laboral. Sobre inscripción en el TSS Por  CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS carlos.hernandez[@]claro.net.do   07 abril, 2015 8:06 am   Carlos Hernández Contreras. C1. Una empresa contrata una persona para un trabajo eléctrico. ¿Debe inscribirlo en TSS, sin importar el tiempo del trabajo y hacerle las retenciones tributarias? Me gustaría saber en realidad qué procede. Dependerá de dos factores: La “subordinación” y el carácter permanente de los servicios. Al final, siempre un juez tendrá la última palabra, así que lo ideal –para evitar litigios, costos y sorpresas – es buscar asesoría legal previamente. Si usted desea instalar un inversor o restablecer alambrados fruto de un corto circuito, etc. y llama un técnico-electricista, eso es un contrato civil “de obra por ajuste o precio alzado” (Art. 1779, Código Civil) debido a que ese técnico actuará con plena independencia (sin subordinación) en base a su experticio sobre lo requerido, pero además, se trata de un servici

Presidente de la SCJ llama “irrespetuoso, inmaduro e irreflexivo” a Francisco Domínguez Brito

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Presidente de la SCJ llama “irrespetuoso, inmaduro e irreflexivo” a Francisco Domínguez Brito Por  Servicios de Acento.com.do .   8 de abril de 2015 - 11:13 pm -  25 Comentarios Mariano Germán leyó una declaración de prensa, y no aceptó preguntas de los periodistas presentes, y dijo que solo una persona como Dominguez Brito, que no tiene fe en la justicia puede causarle daño. SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Sin esperar que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia conociera la impugnación de la decisión del juez especial Alejandro Moscoso Segarra, entregada esta semana por la Procuraduría General de la República, el doctor Mariano Germán se pronunció este miércoles descalificando al procurador Francisco Domínguez Brito, llamándole populista, inmaduro, irreflexivo e irrespetuoso. En una rueda de prensa insólita, convocada por Mariano Germán, el presidente del máximo organismo judicial del país dijo que con sus declaraciones Francisco Domínguez Brito demostró que