Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Cury propone admitir amparo contra sentencias

Cury propone admitir amparo contra sentencias:

Julio Cury.

Julio Cury.

SANTO DOMINGO, República Dominicana. -El doctor Julio Cury propuso legislar para consagrar las hipótesis puntuales para imponer acción de amparo contra sentencias que violen o amenacen derechos fundamentales.

Cury dijo que en un estado social y democrático de Derecho como lo es la República Dominicana, la cosa juzgada es susceptible de ser atacada cuando atente contra derechos fundamentales.

Alegó que “más temprano que tarde” el Tribunal Constitucional será abrumado de trabajo porque actualmente las sentencias firmes sólo pueden recurrirse en revisión constitucional, lo cual, según Cury, ha provocado un alud hacia esa alta corte.

“Mi propuesta contribuiría a descargar de trabajo al Tribunal Constitucional. Por supuesto, deben limitarse los casos en que procedería el amparo, entre los que debería incluirse cuando no se cuente con otro mecanismo eficaz para restablecer el derecho fundamental violado o cuando trate de evitarse la consumación de un perjuicio irreparable”, explicó.

Dijo que no propone nada nuevo porque hace más de 20 años que en Colombia admite accionar en amparo contra fallos que configuren una vía de hecho. “Si la decisión adolece de defectos sustantivos, fácticos, orgánicos o de procedimiento, es decir, si el tribunal actúa arbitrariamente, basa su decisión en normas inaplicables o se desvía del procedimiento legal para instruir el litigio, procede el amparo a condición de que un derecho fundamental se encuentre amenazado”.

El reconocido jurista agregó que si un tribunal de fondo incurre en una vía de hecho que por una razón técnica no haya podido ser remediada por la Suprema Corte de Justicia como Corte de Casación, debería habilitarse el amparo como remedio procesal siempre y cuando tenga por propósito salvaguardar derechos fundamentales.

(Via noticiassin.com)

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