Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Tribunal Constitucional ordena a Cámara de Diputados entregar informaciones sobre sus planes

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Tribunal Constitucional ordena a Cámara de Diputados entregar informaciones sobre sus planes


  • Mar 07, 2014
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Tribunal Constitucional.

Tribunal Constitucional.

SD. El Tribunal Constitucional (TC) ordenó a la Cámara de Diputados de la República la entrega inmediata de las informaciones disponibles, y que han sido solicitadas, relativas a los programas de asistencia social que aplica dicho hemiciclo.

La alta corte establece en la sentencia TC/0039/14 la entrega de esas informaciones, con exclusión de aquellos datos personales que puedan comprometer el derecho a la intimidad de los beneficiarios de dichos programas.

Anuló una sentencia emitida por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, el 31 de agosto del 2012, mediante la cual declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo, por entender que carecía de objeto dicha acción, la cual fue interpuesta por Reemberto José de Jesús Pichardo Juan contra la Cámara Baja.

El TC entiende que en el presente caso al recurrente le fue vulnerado su derecho a la libertad de información, en especial a la posibilidad de acceder libremente a informaciones de carácter público que detenta la Cámara de Diputados de la República, "cuestión sobre la cual, como hemos precisado, este Tribunal Constitucional ya se ha pronunciado previamente". En tal sentido, manifiesta que procede la revocación de la dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo, y acoger la acción de amparo. La sentencia contó con el voto disidente de la jueza Katia Miguelina Jiménez.

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