Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Hace falta una ley de de resolución alternativa de conflictos

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Hace falta una ley de de resolución alternativa de conflictos


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Alexis Rafael Peña

Se pretende fomentar un movimiento fuerte y capaz de acoger como buena y valida el fomento los Métodos Alternos de Resolución de Conflictos (MARCs), Resolución Alternativa de Conflictos o Disputas (RAC-RAD) como además se le denomina según el país donde se han implementado.

Los cuales ofrecen facilidades para erradicar la ola de violencia a la que constantemente nuestra sociedad se enfrenta, crímenes por conflictos de pequeños, que muy bien podrían ser resueltos en una instancia de mediación conciliación u otros mecanismos pacíficos.

Sin embargo, la sociedad dominicana no cuenta con una ley que regule los métodos alternos de resolución de conflictos más usuales en el país, los cuales permitirían a diversas instancias que tienen como razón de ser, prevenir la criminalidad y la violencia en el país.

Una ley permitiría de manera obligatoria y para lo/as expertos en materia de divorcio, fuera una oportunidad en el abordaje del conflicto de su cliente, en donde haya hijos menores de edad, bienes y permitiera el acceso a justicia de manera simple y con poca rigurosidad.

Resulta necesario que las instancias judiciales de nuestro sistema de justicia, utilicen mayores recursos económicos y humanos para abrir espacios de diálogos y conversación, para personas en conflictos familiares, vecinales, laborales, educativos u otros; encuentren lugares disponibles para dialogar y buscar acuerdos satisfactorios para ambos participantes.

La llegada de los métodos alternos de solución de conflictos al país data desde el 1997 a la fecha y a mi humilde entender su progreso ha sido lento, pero ha calado en sectores importante de la sociedad dominicano, tanto en el ámbito académico como en el judicial.

Por ejemplo, en el ámbito académico, soy de opinión que los métodos alternos de resolución de conflictos deberían ser una materia en el currículo de los futuros profesionales del derecho y optativa para las demás disciplinas universitarias.

Mientras para abordar conflictos familiares, el Poder Judicial con el apoyo del Poder Ejecutivo, organismos internacionales podría concebir un centro de mediación de conflictos familiares en los once departamentos judiciales esparcidos en todo el territorio nacional.

Además, el Poder Judicial podría motivar a sus jueces/zas a utilizar con mayor frecuencia la conciliación en los casos que no amerite algún peligro para las partes en conflictos. En ese sentido pueden utilizar ese método los jueces de paz, los tribunales niños, niñas y adolescentes y todos tribunales en materia civil y comercial.

Asimismo, el Poder Ejecutivo a través de la Procuraduría General de la República crearía centros de mediación comunitarios en coordinación con los gobiernos locales, es decir, los ayuntamientos, para promover la convivencia entre los vecinos de una comunidad.

La sociedad civil por su parte, puede continuar instalando casas comunitarias de justicia en sectores marginados, en coordinación como ha hecho a la fecha, con entidades gubernamentales, universidades, organizaciones comunitarias y el apoyo de organismos internacionales.

En sentido general, el país requiere cuanto antes, definir políticas públicas para erradicar el flagelo de la ola de violencia que se está esparciendo en la sociedad dominicana y, una de la mejor manera para enfrentarla, es con métodos eficaces y una mayor utilización por las autoridades de los métodos alternos de resolución de conflictos (Marc). Sin una adecuada estrategia el país no podrá imponer el orden y la convivencia a la fuerza.

Otras de las acciones que consideramos oportunas por los actores involucrados, que debería ser un compromiso es realizar una campaña sistemática en la población sensibilizándola sobre la importancia que tienen los métodos alternos de resolución de conflictos para resolver los conflictos sociales, familiares, religiosos, educativos, políticos, comunitarios, laborales, ambientales, choferiles en otros sectores de la vida nacional.

Esa campaña puede realizarse en coordinación con los medios de comunicación vía a sus propietarios por vía de los periodistas, articulistas, columnistas; reconociendo estos que tienen un deber y un compromiso con la sociedad en hacer aportes para una mejor convivencia ciudadana.

Un sector que no debe obviarse es el de los líderes de los partidos políticos, ya que estos cuentan con las organizaciones bien estructuras en la que se les puede llegar vía a su militantes y a los seguidores de estos.

La ley sobre los Métodos Alternos de Solución de Conflictos nos puede permitir una sociedad más plural, tolerante y pacífica. Lo/as legisladores tienen un compromiso y es crear una ley de dialogo y de paz.

Podríamos formar una comisión de expertos en mediación, en derecho y en otras disciplinas y juntos a nuestro/as legisladores fomentar un mecanismo de facilitación y participación con el objetivo de lograr una ley de mediación y conciliación basada en consensos y no en imposiciones arbitrarias.

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