Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Tribunal Constitucional rechaza recurso sobre obligación de pago de Notarios

Tribunal Constitucional rechaza recurso sobre obligación de pago de Notarios

 



t.hidalgo@hoy.com.do 
Periódico Hoy
3:23 pm
 
tribunal constitucional

El Tribunal Constitucional (TC) declaró hoy inadmisible y rechazó en cuanto al fondo  el recurso de inconstitucionalidad incoado por el excandidato presidencial al Colegio Dominicano de Notarios, Teófilo Rosario, y otros colegas contra el articulo 5 de la Ley  89-05, que crea este gremio,  con el cual buscaban dejar sin efecto la obligatoriedad de que los notarios estén al día en el pago de sus cuotas para poder ejercer el sufragio en las asambleas generales.

El tribunal de garantías constitucionales emitió la decisión por  tratarse de un acto de mera legalidad que escapa a su  control.

Los demandantes alegaban que el referido artículo  viola los articulados 6, 7, 8, 22.1, 39, 40.15, 44, 68, 69.10, 73, 74.2, 3, 4, 120.1 y 208 de la Constitución.

Los accionantes sostienen que la norma impugnada es contraria además a  los artículos 22.2 y 208 de la Carta Magna, sin embargo, la barra de la defensa del gremio precisó, en sus argumentaciones, que  estas disposiciones se refieren al ejercicio de los derechos de la ciudadanía y al sufragio para la elección de las autoridades del Gobierno, lo cual escapa al ámbito de aplicación del artículo 5 de la Ley  89-05, que solo aplica a los notarios en relación con la elección de las autoridades del Colegio Dominicano de Notarios.

En adición al derrotado candidato en las pasadas elecciones del Colegio de Notarios, sustentan el recurso, Manuel Emilio Galvaìn Luciano, Ana Hilda Novas Rivas, Altagracia Amarante Paniagua, Dionicio Rafael Cruz, Aleida Munó Taveras, André B. Figuereo Herrera, Petra B. Rivas Herasme, Joseì David Pérez Reyes, Elida Guzmán Mercedes y Eladio Emilio Medina Ramírez, entre otros.

Tanto, la Procuraduría general de la República como el Senado y la Cámara de Diputados  manifestaron su rechazo al recurso por improcedente, mal fundado y carente de base legal.

La sentencia fue firmada por  el presidente del Tribunal Constitucional,  Milton Ray Guevara, así como por sus miembros Isabel Bonilla,  Justo Pedro Castellanos, Jottin Cury, Víctor Gómez Bergés, Katia Miguelina Jiménez, Idelfonso Reyes, Julio José Rojas, éste último secretario.

El presidente del gremio, Rodolfo Pérez Mota, saludó la sentencia y felicitó a los jueces del TC por actuar apegados al debido proceso de ley.

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