Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

El Tribunal Constitucional rechaza demanda de grupo pro haitiano

JUSTICIA|02 AGO 2013, 12:00 AM|8|POR FEDERICO MÉNDEZ

El Tribunal Constitucional rechaza demanda de grupo pro haitiano

La alta corte conoció un recurso de revisión constitucional de un amparo que había sido rechazado

SANTO DOMINGO. El Tribunal Constitucional (TC) planteó que carecen de legitimación para interponer acciones de amparo un grupo de entidades que buscaban dejar sin efecto una circular emitida por la Dirección General de Migración, el 25 de mayo de 2012, mediante la cual se prohíbe al Ministerio de Educación la inscripción de los extranjeros en situación de irregularidad migratoria en los planteles escolares.

Estimó que el derecho fundamental que se violaría, en la eventualidad de que Educación implementare la referida circular, es el de la educación, que es, al mismo tiempo, individual y de segunda generación.

Es de criterio que dada la naturaleza de ese derecho fundamental, su protección, en caso de violación, sólo puede ser reclamada por su titular.

"En este orden, las entidades originalmente accionantes y ahora recurrentes, carecen de legitimidad para invocar las violaciones a las cuales se refiere la acción de amparo".

La alta corte rechazó un recurso de revisión constitucional interpuesto por la Fundación Étnica Integral (FEI), el Movimiento de Mujeres Domínico-Haitiano (MUDHA), Alas de Igualdad (ALAS), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), el Centro Cultural Domínico-Haitiano (CCDH), el Movimiento Social Cultural de Trabajadores Haitianos, (MOSCTHA), el Comité Dominicano de Derechos Humanos (CDDH), la Colectiva Mujer y Salud, (COLECTIVA), el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de la Mujer (CLADEM).

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