Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Ministro llama a diálogo sobre el Código Laboral


POSICIÓN

Ministro llama a diálogo sobre el Código Laboral

MARTES 9 DE JULIO DEL 2013 . 12:00AM

Por Darlenny Martínez
El ministro Administrativo de la Presidencia reiteró ayer que cualquier modificación al Código Laboral debe hacerse sin que afecte a la clase trabajadora y abogó por la firma de un pacto por el empleo.Al ser cuestionado sobre la propuesta que hacen los patronos de que en una eventual modificación se elimine la cesantía, sustituyéndola por un seguro de desempleo, José Ramón Peralta expresó que los diferentes sectores deben sentarse a dialogar para tratar el tema y buscar medidas que aumenten el empleo.

“Eso es lo que quiere este Gobierno, que se aumente el empleo, un pacto por el empleo. Lo que sale en las encuestas de los principales problemas del país y lo que necesita es empleo y por ahí es que el Gobierno se está enfocando”, dijo Peralta entrevistado en el Palacio Nacional.

La cesantía, prevista en el artículo 20 del Código de Trabajo, es la suma proporcional al tiempo de servicio prestado que corresponde al trabajador, cuyo contrato por tiempo indefinido concluye por desahucio.

Por: El Caribe

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