Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Código mantiene penalización al aborto; quita penas a la difamación

Código mantiene penalización al aborto; quita penas a la difamación:

CONGRESO NACIONAL|26 JUN|7|POR SOCORRO ARIAS

Código mantiene penalización al aborto; quita penas a la difamación

Código Penal, con 11 años en debate, tuvo 122 votos a favor y sólo tres en contra

SANTO DOMINGO. La Cámara de Diputados declaró de urgencia y aprobó en dos lecturas consecutivas el proyecto que modifica el Código Penal, después de once años en que la iniciativa fue sometida a debates, consultas y vistas públicas.

La legislación de 354 artículos, fue aprobada con 122 votos a favor y tres en contra: Pelegrín Castillo, Juan Hubieres y Guadalupe Valdez. Los debates se extendieron durante seis horas y participaron 24 diputados. Fuera del Congreso hubo protestas de grupos defensores de los derechos de la mujer.

De acuerdo con lo aprobado, se aumenta la pena máxima de prisión de 30 a 40 años, penaliza la invasión y ocupación de tierras, establece prisión para el feminicidio en 40 años, castiga el secuestro con penas de 20 a 30 años, fija de 4 a 10 años a los adultos que lleven a menores a cometer delitos, y castiga el cuatrerismo y el uso del ácido del diablo.

Difamación e injuria

Los diputados eliminaron las penas de prisión en el Código Penal para las infracciones de difamación e injuria pública contra una persona física o moral de algo que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, y se sanciona con multa de siete a diez salarios, y la injuria con multa de cuatro a seis salarios. Además serán infracciones de acción penal privada.

El aborto

Mantiene la penalización del aborto, y establece que el hecho de causar o cooperar con la interrupción del embarazo de una mujer por medio de alimentos, brebajes, medicamentos, sondeos, tratamientos o de otro modo, aun cuando ésta lo consienta, será sancionado con pena de dos a tres años de prisión menor, pena que le será impuesta a la mujer que se provoque el aborto.

Los médicos, enfermeras, farmacéuticos y otros profesionales de la medicina, así como las parteras, que, abusando de su profesión u oficio, causen o ayuden a causar el aborto, serán sancionados con penas de cuatro a diez años de reclusión mayor.

Corrupción

Las modificaciones al Código Penal incluyen un Capítulo sobre infracciones contra la administración pública cometidas por personas que ejercen una función pública.

Para el peculado y malversación de fondos públicos, se establecen penas de entre 10 y 20 años de prisión mayor y multa entre 10 y 20 veces la suma malversada. Además, castiga el cohecho y el tráfico de influencia.

Violencia doméstica

La violencia doméstica o intrafamiliar se sancionará con penas de cuatro a diez años de prisión mayor y multa de cuatro a diez salarios mínimos.

Estas sanciones se aumentarán cuando la infracción cause daños corporales o sicológicos de consideración. De 30 a 40 años de prisión y multa de 30 a 40 salarios cuando cause muerte; de 20 a 30 cuando cause lesión o daño permanente y de diez a 20 cuando cause incapacidad por más de 90 días.

Se penaliza la extorsión o chantaje, con penas de uno a dos años de prisión menor y multa de siete a nueve salarios, las que se agravan dependiendo del grado de violencia o si produce lesiones a la víctima.

El robo

El robo se sancionará con penas de cuatro a 10 años de prisión mayor y multa de 7 a nueve salarios; y penas de diez a 20 años de prisión y multa de 10 a 20 salarios mínimos, y cuando el robo sea precedido, acompañado o seguido de la muerte de la víctima, se sancionará con penas de 20 a 30 años de prisión mayor, y multa de 20 a 30 salarios mínimos.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

(Via Portada Diario Libre)

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