Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Juristas creen contrato puede revisarse

Juristas creen contrato puede revisarse:

Barrick Gold. Afirman que el acuerdo es lesivo para el país
28 Febrero 2013, 9:04 PM
Juristas creen contrato puede revisarse
Escrito por: Leisy Torres

 Santo Domingo.-Abogados advirtieron ayer que si el Estado dominicano quisiera podría   anular el contrato con la minera Barrick Gold, porque cuenta con fundamento y sustento jurídico para hacerlo.

Los juristas Carlos Salcedo y Ramón Pina Acevedo coincidieron en que el contrato tiene una inequidad, desproporción,  desbalance y una lesión enorme en perjuicio del Estado dominicano, por lo que, según el Derecho, sí puede ser revisado inmediatamente.

No obstante, ambos abogados manifestaron que también hay base legal  para que el Estado dominicano pueda revisar el contrato con la empresa canadiense, como estableció el presidente Danilo Medina en su discurso de rendición de cuentas.

Salcedo explicó que el Estado puede acudir a la nulidad del contrato, a través de la  figura de la revocación total de la clausura del contrato por imposibilidad de cumplimiento conforme a lo que ha sido la realidad económica.

(Via ElDia.com.do)

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