Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

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CONSULTORIO LABORAL:

18 Febrero 2013, 11:52
CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: Dr. Carlos Hernández Contreras

Especialista en derecho laboral

1. Si una empresa en el mes de enero 2013 le aumenta los salarios al personal, retroactivo al mes de septiembre 2012 ¿puede un trabajador reclamar que le recalculen nuevamente los montos de horas extras que les pagaron en septiembre, octubre, noviembre y diciembre 2012, tomando como base que el aumento fue retroactivo?

Eso depende de las circunstancias, y sobre todo la causa que motiva ese aumento retroactivo. El caso más frecuente que da lugar a ese tipo de aumentos se origina en la negociación colectiva: Normalmente, la negociación de un convenio colectivo se prolonga por varios meses y cuando finaliza las partes acuerdan que los aumentos de salarios serán retroactivos desde tal o cual fecha, teniendo las partes la libertad de fijar condiciones complementarias a dicho aumento, como por ejemplo pactar que el aumento no abarcará las horas extras ya pagadas.

Otro caso menos frecuente, pero que se ha dado, es cuando el Comité Nacional de Salarios aprueba una nueva tarifa salarial, y una empresa decide aplicar el aumento luego que ha producido una denuncia al Ministerio de Trabajo y/o un sometimiento judicial por impago de la nueva tarifa. En tales casos, es muy raro que el empleador espere a que surja una sentencia condenatoria de un tribunal, y por lo general optar por aplicar el aumento, sea inmediatamente o sea retroactivamente. En teoría, en un caso así, el empleador debería pagar las horas extras recalculadas, pero para que eso se dé –frente a un empleador que ya ha consentido y probablemente acordado con el inspector actuante o con el Ministerio Público en Conciliación– eso es difícil o infrecuente: Ya de por sí, pagar un aumento retroactivo de cuatro meses es una carga imprevista para cualquier negocio, eso siempre se toma en consideración en los acuerdos de conciliación que tienen lugar en ocasión de una infracción seguida de un sometimiento.

Fuera de estos dos casos, un aumento retroactivo podría ser el resultado de una decisión unilateral del empleador por X o Y razón (una promesa incumplida; descubrimiento de un error en anteriores pagos, etc.). Y en tales casos, nos parece cuesta arriba exigir que se incluyan renglones no considerados por el empleador, pues él siempre podrá argüir las condiciones bajo las cuales unilateralmente decidió aplicar el aumento. 

En definitiva, el caso más seguro para un trabajador reclamar recálculo de horas extras, es si el aumento se originó en una nueva tarifa salarial.

Envíe sus preguntas carlos.hernandez@claro.net.do

(Via Hoy.com.do)

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