Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Reglamento para tarjeta de crédito (13 Sep. 2012)

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Emiten reglamento para tarjetas de crédito


La Junta Monetaria emitió ayer el Proyecto de Reglamento de Tarjeta de Crédito, el cual establece que las entidades emisoras deberán realizar el cálculo y cobro de los intereses fruto de operaciones con ese instrumento de pago sobre el saldo insoluto.
El reglamento, que establece los criterios que deberán aplicar las entidades de intermediación financieria, contempla también que las entidades emisoras de tarjetas de crédito solo podrán cobrar intereses sobre los servicios acordados y prestados.
Asimismo, las entidades emisoras de tarjetas de crédito solo podrán realizar cargos por sus operaciones que estén previamente notificados y acordados con el tarjetahabiente.
Los diferentes cargos que podrán ser cobrados por la entidad emisora serán por emisión, renovación, seguro por pérdida o robo, reemplazo o deterioro del plástico.
“Cuando el emisor promueve otros servicios, tales como de seguro, grúas y cualquier otro, deberá consultar al tarjatehabiente si acepta dicho servicio y únicamente al obtener su consentimiento podrá hacer el cargo a la tarjeta de crédito por dicho concepto. El silencio del tarjetahabiente no podrá tomarse como aceptación tácita”.
Las entidades emisoras de tarjetas también deberán responder frente al cliente por la no ejecución o ejecución incorrecta de las operaciones del tarjetahabiente a través del plástico, incluyendo las operaciones realizadas por diversos medios electrónicos.

Aqui dejo el Proyecto de Reglamento de Tarjeta de Crédito

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