Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

TC anula y declara inconstitucional artículo de Ley de Impuestos sobre Herederos y Donaciones


Publicado por el periódico Hoy
30 Agosto 2012, 2:10 PM

TC anula y declara inconstitucional artículo de Ley de Impuestos sobre Herederos y Donaciones

Escrito por: CARMEN MATOS (c.matos@hoy.com.do)
El Tribunal Constitucional anuló y declaró inconstitucional el artículo 7 de la Ley 2569 de Impuestos sobre Herederos y Donaciones, por considerar que viola el principio de igualdad y equidad tributaria consignados en la Constitución de la República.

Los jueces acogieron un recurso de inconstitucionalidad que elevaron cuatro herededos del señor Juan José Dalmasí en contra de la normativa, que les obligaba a pagar un impuesto 50% más alto porque son dominicanos residentes en el extranjero.

En ese sentido, el Tribunal ordenó a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) reembolsar a Juan José Dalmasí Duluc, Larissa María Dalmasí Duluc, Ameriquín María Dalmasí Duluc y Luis Emilio Dalmasí Duluc, todos los pagos realizados por concepto de recargo de 50% adicional al llamado impuesto sucesoral.

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