Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Destituyen dos alguaciles por hacer embargos ilegales

JUSTICIA 02 JUL, 6:03 PM
POR DIARIO LIBRE

Destituyen dos alguaciles por hacer embargos ilegales

El CPJ tomó la medida en su sesión celebrada el 18 de junio de este año
Noticia Comentarios
Imprimir Enviar Favoritos 7
SANTO DOMINGO.- El Consejo del Poder Judicial desvinculó del Poder Judicial a dos alguaciles ordinarios por haber efectuado embargos ilegales en virtud de actas de audiencias que no constituían títulos ejecutorios y sin realizar los trámites para el uso de la fuerza pública.

Los ministeriales destituidos son Daniel Estrada, alguacil ordinario de la Novena Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y Pablo Nelson Camilo, alguacil ordinario de la Cámara Civil y Comercial de la Corte del Departamento Judicial Santo Domingo.

El CPJ tomó la medida en su sesión celebrada el 18 de junio de este año, según hace constar en su acta número 28-2012.

El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial define el Principio de Credibilidad como "cualidad percibida por los demás, compuesta por dos elementos claves: la fiabilidad y la profesionalidad, en la que se exprese e irradie a través de sus actuaciones los valores y principios éticos en cumplimiento de la normativa para generar confianza del usuario y del ciudadano".

Comentarios

Entradas populares de este blog

Sentencia de la SCJ sobre la Querella Contra el Senador Wilton Guerrero (Inadmisible

Como se obtiene el 23.83 de dias laborables.

Anticipo de pruebas