Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Pleno de la SCJ condena notarios y confirma sentencia CARD

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Justicia|04 may, 0:18 PM|POR Diario Libre
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Pleno de la SCJ condena notarios y confirma sentencia CARD

Los notarios suspendidos por un año son Francisco Martínez Vidal e Ivelisse Rivera Pérez

SANTO DOMINGO.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia impuso sanciones disciplinarias de destitución, suspensión, así como descargos contra dos notarios públicos y otros cuatro abogados, a quienes se les conoció medidas disciplinarias por faltas graves en el ejercicio de sus funciones.

Los notarios públicos de los del número del Distrito Nacional, separado y suspendida por un año, son los abogados Francisco Martínez Vidal e Ivelisse Rivera Pérez, respectivamente, imputados de haber violado los artículos 1, 56 y 61 de la Ley Núm. 301, sobre Notariado, de 1964.

En tanto que fueron inhabilitados por 6 meses en el ejercicio de la profesión el doctor Luis E. Peláez Sterling y la doctora Magaly Calderón García, encontrados culpables de violar los artículos: 1, 2, 27, 30 y 75, ordinal 2 del Código de Ética del Profesional del Derecho.

En relación a la sanción contra los doctores Peláez Sterling y Calderón García, el alto tribunal confirma de esa manera una sentencia emitida por el Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), contra la decisión disciplinaria número 011-2010, de fecha 26 de noviembre de 2010, que condena a dichos profesionales.

Asimismo, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia descargó a los licenciados Víctor R. Guillermo y Yoany Antonia Reyes Izquierdo, por no haber incurrido en violación a la Ley Núm. 111, sobre Exequátur de Profesionales, de fecha 3 de noviembre de 1942, modificada por la Ley Núm. 3958 de 1954.

El régimen disciplinario tiene por objetivo contribuir a que los profesionales cumplan leal, eficiente y honestamente sus deberes y responsabilidades frente a la sociedad.

Entre los deberes esenciales que la profesión de abogado impone a todo profesional del Derecho, se encuentran la probidad, la ética, la moderación y la fraternidad.

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