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Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el Periodico HOY 30 Mayo 2011, 11:48 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: Dr. Carlos Hernández Contreras Especialista en derecho laboral 1. Estoy embarazada, casi dando a luz, quiero saber si después de mi licencia de parto la empresa puede cancelarme inmediatamente regrese a mis labores o si debe esperar un tiempo para hacerlo. La empresa puede desahuciarla (cancelarla pagándole sus prestaciones) un día después de haberse cumplido 3 meses desde la fecha de su alumbramiento (Art. 232 del CT). Si la empresa desea despedirla (o sea, cancelarla sin prestaciones, acusándola de haber cometido una falta grave), la empresa tendría que esperar que transcurran 6 meses desde la fecha su alumbramiento (Art. 233 del CT). No obstante, si la empresa desea despedirla (sin pago de prestaciones) antes de que transcurran los citados 6 meses, podría hacerlo, pero tiene que someter el asunto previamente ante el

(EEUU) Fallo histórico contra el copyright: una IP no equivale a una persona

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Fallo histórico contra el copyright: una IP no equivale a una persona Por Miguel Jorge 3 de Mayo de 2011, 20:46 Harold Baker, juez de distrito en Estados Unidos, ha dictaminado en un fallo histórico que las IP no equivalen a una persona. Con esta decisión, se tiran por tierra una de las demandas en masa que existían en Estados Unidos a miles de usuarios que accedían a sitios BitTorrent. El juez niega por lo tanto que el “dueño” del copyright tenga derecho a pedirle al proveedor citar a los supuestos infractores, y por lo tanto, conseguir así los datos personales de los usuarios. No sólo eso, de manera indirecta, esta resolución podría allanar el camino para que se respete el derecho a la privacidad de cada usuario. En muchas ocasiones, estas demandas estaban dirigidas (una vez autorizaba el juez el registro de las IP vía ISPs) a negociar con el supuesto infractor con medidas de presión, por lo que el fallo adquiere m