Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

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Publicado por el Periodico HOY

28 Septiembre 2010, 12:33 AM

CONSULTORIO LABORAL
Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS
Especialista en derecho laboral

1. Tengo dos casos que consultarle: En un caso, dos empleados son compartidos con otras oficinas o empresas, por ser pequeña y de poco movimiento. Hay una empleada para la limpieza que solo viene dos días a la semana por aproximadamente tres horas y se le paga $2,400.00 mensuales, en una sola de las empresas, a parte de lo que les pagan las demás; y hay otro empleado para la mensajería que solo viene tres días a la semana, en la mañana (solo si se necesita) y se le paga $3,300.00 mensuales, en una sola de las empresas, a parte de lo que les pagan las demás. Deseo saber si esos salarios son los correctos y si se van a liquidar ¿cómo se hace el cálculo en ambos casos? El otro caso es el de una empleada doméstica que solo va a la casa a limpiar 2 veces a la semana y se le pagan $400.00 cada vez que asiste, más $350.00 por labor y $150.00 por transporte. Si se va a liquidar ¿cómo se calcula?


En los casos del conserje y mensajero que prestan servicios a las oficinas, si usted desea ponerle término a sus contratos, la liquidación debe calcularse y pagarse en base a 2,400.00 y 3,300.00, respectivamente. Ahora bien, si en conjunto, los propietarios de todas las oficinas desean ponerle término a esos contratos, habría que añadirle a la base de cálculo, los montos que pagan esas demás oficinas. Para los detalles de cómo calcularlo, usted puede acceder a la calculadora de prestaciones del Ministerio de Trabajo, en su portal www.set.gov.do.
En cuanto a la doméstica, a ella sólo le corresponden las proporciones de salario de Navidad y de vacaciones, y para el pago de esos derechos deberá hacerlo en base 750.00 pesos, que es la sumatoria de los 400.00 y los 350.00 “por labor” que usted ha mencionado. En cuanto a los 150.00 “por transporte” no tienen que incluirse pues se trata de un evidente gasto en pasajes.

2. Me dicen que una compañía con menos de 500 mil pesos y un solo empleado no está obligada asegurar a su único empleado. ¿Qué ley o resolución lo dice?


Esa información que le dieron es equivocada. Desde el momento en que usted contrata a cualquier persona en calidad de empleado, usted contrae la ineludible obligación de afiliarlo a la seguridad social (Art. 36 de la Ley 87-01.

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