Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Recurso inadmisible por estar impedido de actuar en justicia

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Publicado por LISTIN DIARIO

12 Julio 2010, 11:37 PM
Tribunal rechaza demanda Báez Figueroa a Malkún
Declaró recurso inadmisible porque el ex banquero estaba impedido de actuar en justicia

La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo interpuesto por Ramón Báez Figueroa contra el Banco Central, la Superintendencia de Bancos, The Bank of Nova Scotia y los señores José E. Lois Malkún, ex gobernador del Banco Central, Peter C. Godsoe, Peter Cardinal, Timothy Hayward (ejecutivos del Scotia Bank) y Keryma Marra M., César Gómez Díaz y Luis María Catano, ex liquidadores del Banco Intercontinental S.A. (Baninter)
La decisión del Tribunal Administrativo, compuesto por los magistrados Yadira de Moya, Frinette Padilla, Julián A. Henríquez y Greise Rijo Gómez fue adoptada mediante sentencia de fecha 23 de junio del año 2010.
La sentencia se sustenta en el hecho de que en función del artículo 63, inciso b) de la Ley Monetaria y Financiera, Ramón Báez Figueroa tenía un impedimento legal para actuar en justicia, por lo que carece de calidad para interponer la referida acción.
Báez Figueroa interpuso el recurso el 18 de marzo del año 2009.
El texto legal regula la disolución de bancos y establece entre los efectos de este proceso la revocación de la autorización de funcionamiento de la entidad, el cese de los derechos de los accionistas y la cesación automática en sus funciones de directores y órganos de control de la entidad.
El tribunal resultó apoderado luego de que en septiembre de 2008 la Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del DN se declaró incompetente para conocer la demanda en nulidad de contratos y reparación de daños y perjuicios interpuesta por Báez Figueroa, las instituciones y personas indicadas.
En su demanda, el ex banquero Báez Figueroa procuraba que declararan nulos los contratos firmados entre las autoridades monetarias y The Bank of Nova Scotia en el 2003, referentes a la venta y administración de activos de Baninter, y en adición que se condenara al Scotiabank, a Malkún y a los ex miembros de la Comisión de Liquidación al pago de una indemnización de RD$30,000 millones a su favor por alegados daños y perjuicios. Planteaba que esta compensación sería ingresada a los fondos de la liquidación del Baninter para compensar las sumas adeudadas al Estado dominicano por Báez Figueroa.
Ramón Báez Figueroa fue sometido a la justicia en el año 2003 por las autoridades monetarias y financieras, presididas en ese entonces por Lois Malkún, resultando condenado mediante sentencia definitiva e irrevocable por los cargos de lavado de activos, abuso de confianza y violaciones a la Ley Monetaria y Financiera No. 183-02.
La clave
1. Quería 30 mil millones
Con su recurso, Báez Figueroa buscaba anular los contratos firmados entre autoridades monetarias y Scotiabank, referentes a la venta y administración de activos de Baninter, y que se condenara al Scotia, a Malkún y a los ex miembros de la Comisión de Liquidación, al pago de una indemnización de RD$30,000 millones a su favor por daños y perjuicios, compensación que sería ingresada a los fondos de la liquidación del Baninter para compensar las sumas adeudadas por Báez F. al Estado.

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