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Miriam Germán Brito, sobre el poder judicial y su independencia: «Pasé un tiempo sometida a un brutal acoso”

Servicios de Acento.com.do  26 de agosto de 2019 | 3:00 pm SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Para la pensionada magistrada Miriam Germán Brito, ex presidenta de la Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, la ausencia de independencia en el poder judicial “devasta el carácter social y democrático que se supone consustancial al Estado de Derecho”. Para la ex jueza la independencia es una herramienta imprescindible para la administración de justicia, en cuyas decisiones no deben estar ausentes el derecho a un trato igualitario. Dijo que El Consejo Nacional de la Magistratura es un órgano político bajo la dirección del presidente de la República, y que los miembros que se suponen independientes le deben favores o le temen al jefe de Estado, por lo que no resulta confiable para garantizar la independencia del poder judicial. En un reconocimiento que le hizo la Comisión Dominicano de los Derechos Humanos, que dirige Manuel Mercedes, Miriam Germán declaró que en el Consejo de la M

Las Trabajadoras Domésticas. Beneficios conforme con el código de trabajo Rep. Dom.

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Las Trabajadoras Domésticas. Sus beneficios de conformidad con el código de trabajo. Los trabajadores domésticos son los que se dedican de modo exclusivo y en forma habitual y continua a labores de cocina, aseo, asistencia y demás, propios de un hogar o de otro sitio de residencia o habitación particular. Su retribución comprende, además de los pagos en dinero, alojamiento y alimentos. (Los alimentos y habitación que se den al trabajador doméstico se estiman como equivalentes al cincuenta por ciento del salario que reciben en efectivo). De conformidad a la Ley No. 103-99, del 9 de noviembre del 1999, se estableció que esa clase de trabajadores tendrá derecho, no tan solo a vacaciones anuales, sino también al pago de salario de Navidad. En tal virtud, debemos entender que estos son sus únicos beneficios económicos y sociales. En caso de su liquidación, la ley no contempla el pago de indemnización alguna, es decir, ni pago del

+ Consultas en Materia Laboral (Varios)

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Publicado por el PERIODICO HOY 3 Mayo 2010, 11:29 PM CONSULTORIO LABORAL Escrito por: DR. CARLOS HERNÁNDEZ CONTRERAS 1. Las presentes líneas son para que me diga qué se debe hacer con un caso de una señora que su esposo murió trabajando en una empresa en Puerto Plata. Saber si a esta le toca alguna pensión o indemnización por muerte de su esposo, ya que se le ha dicho que no le toca pensión ni nada por el estilo, si hay algún procedimiento a seguir. Por favor envíenos una respuesta explicándonos qué hacer. A esa señora y a los hijos menores de edad les corresponde una denominada Asistencia económica de 15 días de salario por cada año de servicios del marido que falleció. Esto está previsto en el Art. 82 del CT. De otra parte, en cuanto a seguridad social, si el marido estaba debidamente asegurado en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), le corresponde una pensión de sobrevivencia tanto a la esposa como a los hijos menor

La 3ra Sala de la SCJ estableció q la acción de amparo persigue la tutela efectiva d los derechos fundamentales reconocidos y garantizados por la Cons

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que la acción de amparo persigue la tutela efectiva de los derechos fundamentales reconocidos y garantizados por la Constitución.

Novedades Legislativas

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Click Para nuestra Pagina Oficial / Click to our oficial Page Novedades Legislativas Fijan lectura de sentencia Tribunal Superior Administrativo Celebrarán taller “Sensibilización de Género” Palabras pronunciadas por el Dr. Jorge A. Subero Isa durante la puesta en circulación de las publicaciones “Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial” y “Cultura del Capital Humano del Poder Judicial”, del 14 de abril de 2010 Informe de Rendición de Cuentas Poder Judicial República Dominicana ,Año 2009 SCJ establece criterio para el control preventivo de los tratados internacionales. La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que la acción de amparo persigue la tutela efectiva de los derechos fundamentales reconocidos y garantizados por la Constitución. Resolución No. 135-09 que aprueba la norma complementaria a la ley sobre comercio electrónico, documentos y firmas digitales, No. 126-02, para la integración de la Jurisdicción Inmobiliaria en la infraestructura de firma digi